viernes, 27 de febrero de 2009

LA FALTA DE COMPETENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID


Fuente: FRAVM Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid

El Ayuntamiento de Madrid se abstiene de ordenar y regular la proliferación de antenas de telefonía móvil

Falta de competencias. Ese fue el argumento con que justificó el Ayuntamiento de Madrid su negativa a modificar la ordenanza reguladora de la instalación de antenas de telefonía móvil para garantizar la salud de las personas, una propuesta que la FRAVM trasladó al equipo de Gobierno de la capital el pasado 17 de febrero. Los ayuntamientos de Leganés, Molina de Segura, Xirivella, Bilbao y Sant Boi de Llobregat, entre otros, saben que las administraciones locales tienen sobradas competencias para ello. Es una cuestión de voluntad política

26-02-2009 Medio Ambiente

El pasado 17 de febrero la FRAVM presentó en la Comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid una petición dirigida al equipo de Gobierno municipal para que habilite los cauces necesarios para asegurar la participación vecinal en la modificación de la ordenanza reguladora de las condiciones de emplazamiento, instalación y funcionamiento de las instalaciones de telecomunicación en la capital al objeto de garantizar la salud de las personas. Le faltó tiempo al Consistorio para, tras una apresurada lectura de la petición, dirigirse a los medios de comunicación presentes para denegar las propuestas alegando falta de competencias.

No es la primera vez que el Consistorio recurre al mismo argumento para cerrar las puertas a cualquier actuación dirigida a regular de forma responsable y ordenar la instalación de antenas de telefonía móvil. Yolanda Barbazán, miembro de la comisión de Medio Ambiente, afirma que “ no podemos comprender cómo los representantes de este Ayuntamiento son capaces, sin ponérseles la cara colorada, de poner esta excusa cuando saben a ciencia cierta que se cae por su propio peso. ¿No disponen de los juristas necesarios para interpretar las competencias atribuidas a las corporaciones locales por nuestro ordenamiento jurídico? ¿No se ha enterado el Ayuntamiento de la capital que otros municipios del Estado como Molina de Segura, Xirivella, Bilbao, Sant Boi de Llobregat y Leganés, entre otros muchos, ya están ejerciendo esas competencias? Es más: en la actualidad, los vecinos de Leganés están trabajando en una comisión paritaria con su Ayuntamiento para elaborar una ordenanza municipal garantista que proteja la salud de los vecinos”.

Barbazán subraya que los ayuntamientos sí tiene competencias en la materia. “Si el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tiene la obligación de evaluar que la infraestructura cumple con las especificaciones técnicas necesarias y que emite por debajo de los límites legales y el Gobierno autonómico debe vigilar el cumplimiento de los requisitos sanitarios y los medioambientales, los ayuntamientos tienen competencias en el ámbito urbanístico, de seguridad pública, medioambiental y de salubridad, así como en la elaboración de una ordenanza municipal y una descripción del equipamiento en el plan general de ordenación urbana (PGOU). También es el responsable de conceder o no las licencias oportunas (de actividad, de obras, de apertura ...), así como de otras verificaciones y de asegurar que se cumple la legalidad vigente”, subraya.

Pero no sólo. Existe una nutrida jurisprudencia que señala otras muchas competencias que pueden ejercer las administraciones locales para racionalizar el despliegue de antenas de telefonía al objeto de salvaguardar la salud de los vecinos, como establecer una moratoria en la autorización de las instalaciones de antenas de telefonía móvil, recogida en una sentencia del Tribunal Superior de Navarra del 30 de octubre de 2003; la facultad de encargar estudios técnicos para evaluar las mejores ubicaciones para estas infraestructuras, reconocida en una sentencia del mismo tribunal del 21 de julio de 2003; la facultad de realizar un mapa de contaminación electromagnética para medir el impacto medioambiental de las antenas en los municipios y de estudiar un plan de despliegue de la red correspondería, asimismo, a los ayuntamientos, según una sentencia del Tribunal Supremo de 4 de julio de 2006. “Existen fundamentos suficientes para echar por tierra el argumento esgrimido por el Ayuntamiento de Madrid para denegar nuestra propuesta y, por tanto, seguiremos insistiendo. No toleraremos que nos tomen el pelo", concluye Barbazán.

martes, 24 de febrero de 2009

TELEK. ENTREVISTA FEBRERO 2009 MADRID 2(2)



Segunda y última parte de la entrevista en TeleK celebrada el martes 17 de febrero el mismo día que la FRAVM presentó una proposición a la Comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid, que denegaron al día siguiente. Estamos preparando una respuesta al Ayuntamiento para su excusa de la falta de competencias.

TELEK. ENTREVISTA FEBRERO 2009 MADRID 1(2)



Tras la Concentración del lunes 16 de febrero en el marco de la SEMANA SIN MOVILES durante la celebración en Barcelona del Congreso Mundial de Telefonía Móvil, TeleK una televisión local de Vallecas en Madrid, entrevistó a un miembro de la Comisión de Medio Ambiente de la FRAVM para hablar sobre dicha concentración y sobre las líneas de trabajo dentro de la Comisión con el tema de la Contaminación Electromagnética.

Primera parte de la entrevista (de dos).

A COCER HABAS / LA NO COMPETENCIA DEL AYUNTAMIENTO





¿Qué tendrán en común la Asociación de Vecinos de Serra de Marina, la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), Antena No - Getxo, y otras muchas asociaciones que están tratando que prime el Principio de Precaución sobre el negocio justificado falsamente sobre un derecho de acceso a la tecnología y el progreso?. Simple y llanamente que enfrente tienen un Ayuntamiento.

En estos casos coinciden con el hermetismo por parte de los Ayuntamientos, que no facilitan información acerca de licencias y expedientes de las antenas de telefonía móvil y con que se escudan en la supuesta falta de compentencias.

En Santa Coloma de Gramenet incluso les han puesto una empresa interlocutora que quería imponer unas reglas inaceptables -favoreciendo la actuación vergonzosa del Ayuntamiento- para el debate sobre la telefonía móvil.

En Madrid, a pesar de las quejas y propuestas, su Ayuntamiento les ha contestado con un NO y una falta de competencias...Cómo nos suena todo esto. Y es que en todas partes cuecen habas...

La no competencia del Ayuntamiento

Volvemos a leer hoy las declaraciones del Concejal de Urbanismo (fuente: El Correo) del Ayuntamiento de Getxo: «Un informe dice que la propuesta [de establecer una moratoria] es ilegal porque se basa en cuestiones que no son competencia del Ayuntamiento».Se podrá aplicar o no,... ¿pero que una moratoria sea ilegal?. Desde luego, deja bien clara la voluntad política que existe en el Ayuntamiento.La moratoria aprobada por el Pleno Municipal por mayoría en octubre de 2007 tiene 6 puntos: duración de la misma, realización de un estudio técnico para la ubicación de las antenas, estudio de la situación legal de las antenas existentes, plan de despliegue de las operadoras, realizar un mapa de contaminación electromagnética y elaboración de una nueva Ordenanza.

Una petición de moratoria es conforme a Derecho y entra dentro de las competencias de un Ayuntamiento (véase la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 30 de octubre de 2003, que fue enviada en octubre a todos los partidos políticos de Getxo)
Por tanto, establecer la duración de la misma, sigue siendo competencia aplicable por el Ayuntamiento.

La realización de un estudio técnico para evaluar los posibles ubicaciones de las antenas es competencia del área de Urbanismo del Ayuntamiento (véase la sentencia del mismo TSJ de fecha 21 de julio de 2003).

Asimismo, la Ley 2/2006, del Suelo y Urbanismo, establece en su artículo 54.2.c que el Plan General de Ordenación Urbana debe contemplar, entre los elementos mínimos, infraestructuras para la prestación en red de servicios, como el abastecimiento y suministro de telecomunicaciones.

Según sentencia del Tribunal Supremo de 4 de julio de 2006, la instalación de infraestructuras de telefonía móvil se encuentra sujeta, desde luego, a la normativa urbanística sobre uso del suelo, donde bien cabe medida preventiva como la presentación de un plan de despliegue de la red en el municipio.

Dicho ajuste a Derecho vuelve a ratificarse en los puntos sexto y séptimo del la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de noviembre de 2006.

Según la sentencia antes mencionada del TS de 4 de julio de 2006, la Corporación municipal está obligada a salvaguardar [sus intereses] en el orden urbanístico, incluyendo la estética y seguridad de las edificaciones y sus repercusiones medioambientales, derivadas de los riesgos de deterioro del medio ambiente urbano que las mismas [instalaciones de las operadoras] puedan originar. Por lo que, la realización de un mapa de contaminación electromagnética para medir el impacto medioambiental de las antenas, también se ajusta a Derecho.

Y la elaboración de una nueva Ordenanza municipal, así como el estudio de la situación administrativa de las antenas ubicadas en Getxo, consideramos que sobra explicar que son competencias propias del Consistorio.Queda, por tanto, demostrado por nuestra parte con sentencias judiciales, jurisprudencia del Tribunal Supremo y con leyes, que los argumentos de la moratoria sí son competencia del Ayuntamiento.

Veremos a ver cómo argumenta el informe en poder del Ayuntamiento...El reconocimiento de la competencia en una materia como exclusiva de la Administración del Estado no comporta, por sí misma, la imposibilidad de que en la materia puedan existir competencias cuya titularidad corresponda a los entes locales (STS de 18 de junio de 2001).

Publicado por ANTENA NO!

Nota: Gracias ANTENA NO por facilitarnos la relación de sentencias para poder defendernos frente a los ayuntamientos.

jueves, 19 de febrero de 2009

RESPUESTA DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID A LA PROPOSICION DE LA FRAVM



La capital rechaza una moratoria para las antenas de teléfonos móviles


17-02-2009 - Carmen M. Gutiérrez - Fotografías: Juan Luis Jaén

El Ayuntamiento de Madrid no aplicará una moratoria en la concesión de nuevas licencias para estaciones de telefonía móvil y zonas 'wifi' como solicita la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos. Considera que no entra en sus compentencias y que correspondería al Ministerio de Industria.

Los vecinos han pedido este martes en la Comisión de Medio Ambiente del Ayuntamiento una serie de medidas para regular las antenas de telefonía móvil. Algunas de las propuestas son la aplicación de una moratoria en la concesión de licencias hasta que exista un estudio técnico, la retirada de estos dispositivos de los edificios residenciales o la creación de un mapa de contaminación electromagnética de la ciudad.


El Ayuntamiento asegura que Madrid no tiene competencias para fijar una moratoria, lo que correspondería al Ministerio de Industria, por lo que no tendrá en cuenta la petición de la Federación. Tampoco habrá mapa de contaminación electromagnética o retirada de antenas de los edificios de viviendas.


Según explicó a Madridiario el director general de Calidad, Control y Evaluación Ambiental, Manuel Tuero, es imposible realizar un mapa de contaminación electromagnética ya que falta legislación tanto estatal como europea que fije los niveles permitidos.


Por su parte, los vecinos indican que en localidades como Molina de Segura (Murcia) las antenas disponen de sensores para medir la radiación de las antenas y que en Bilbao se va a elaborar un mapa radioeléctrico que permitirá estudiar las emisiones.


Tampoco la petición de que Madrid retire las antenas de los edificios residenciales prosperá. Tuero argumentó que es más perjudicial para salud el uso de los teléfonos móviles que las antenas, sobre todo cuando hay poca cobertura.


Además, los vecinos solicitan que se inste al Ministerio de Industria a revisar las características permitidas para los equipos emisores de ondas electromagnéticas, una comisión de trabajo para modificar la ordenanza municipal que regula estos dispositivos, y que el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad establezca la ubicación de las antenas y no dependa de las empresas.


martes, 17 de febrero de 2009

CONCENTRACION Mº MEDIO AMBIENTE 16 febrero 2009


















La batalla vecinal contra la proliferación de antenas de telefonía móvil continúa



Decenas de personas se dieron cita ayer por la tarde frente a la sede del Ministerio para pedir al Ejecutivo central que modifique la legislación reguladora de la instalación de antenas de telefonía móvil para garantizar la salud de los vecinos, tal y como recomienda el Parlamento Europeo.


En la concentración destacó la presencia de los representantes vecinales de Leganés y Getafe, dos municipios que están peleando con ahínco para que sus respectivos ayuntamientos modifiquen en ese sentido sus ordenanzas municipales.


Esta mañana, la FRAVM trasladará esa petición al Ayuntamiento de Madrid en la comisión de pleno de Medio Ambiente.



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CONCENTRACIÓN EN BARCELONA GSMA 16 febrero 2009












Representantes de una veintena de entidades se concentran contra el abuso de los móviles
LAMALLA.CAT
Representantes de una veintena de entidades se han concentrado la tarde del lunes a las puertas del Congreso de Telefonía Móvil que se celebra desde el lunes en Barcelona. Los manifestantes han denunciado el riesgo sobre la salud que tienen las frecuencias de los móviles y han exigido una nueva normativa que no exponga los ciudadanos a los campos electromagnéticos de la telefonía, por lo cual se tendría que alejar las antenas de los edificios de la ciudad. Los participantes al acto han afirmado que ya hay indicios y opiniones de expertos suficientes que demuestran que esta tecnología puede afectar la salud de la ciudadanía.

Desde Ecologistas en acción, Toni Oller, ha recomendado que se adopten medidas contra los campos electromagnéticos de la telefonía puesto que "cada vez hay más claro indicios que el teléfono móvil puede afectar las personas".

Publicado 16/02/2009 21:07h


Representants d'una vintena d'entitats es concentren contra l'abús dels mòbils
LAMALLA.CAT
Representants d'una vintena d'entitats s'han concentrat la tarda de dimarts tarda a les portes del Congrés de Telefonia Mòbil que se celebra des de dilluns a Barcelona. Els manifestants han denunciat el risc sobre la salut que tenen les freqüències dels mòbils i han exigit una nova normativa que no exposi els ciutadans als camps magnètics de la telefonia, per la qual cosa s'hauria d'allunyar les antenes dels edificis de la ciutat. Els participants a l'acte han afirmat que ja hi ha indicis i opinions d'experts suficients que demostren que aquesta tecnologia pot afectar la salut de la ciutadania.

Des d'Ecologistes en acció, Toni Oller, ha recomanat que s'adopitn mesures contra els camps magnètics de la telefonia ja que "cada vegada hi ha més clar indicis que el telèfon mòbil pot afectar les persones".

Publicat 16/02/2009 21:07h

domingo, 15 de febrero de 2009

PLANES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y A NIVEL DE TODO EL ESTADO

CONCENTRACION EN MADRID LUNES 16 DE FEBRERO EN ATOCHA

VECINOS Y VECINAS DE TODOS LOS MUNICIPIOS DE ESPAÑA:

DESOYENDO TODAS LAS RECOMENDACIONES DE LOS CIENTÍFICOS QUE LLEVAN AÑOS ALERTANDO DE LOS RIESGOS A LA SALUD POR UNA TECNOLOGÍA QUE SE HA IMPLANTADO SIN HABERSE HECHO UN ESTUDIO PREVIO SOBRE LOS EFECTOS SANITARIOS, ESTOS SON LOS PLANES QUE TIENEN NUESTROS POLITICOS MUNICIPALES, AUTONOMICOS Y ESTATALES PARA SEGUIR RADIANDONOS CON UNA TECNOLOGÍA NOCIVA PARA LA SALUD.

ALARMA SOCIAL:

MOVILIZACION, EXIJAMOS LA PROTECCIÓN A LA SALUD.

PRINCIPIO DE PRECAUCION

MODIFICACION DEL RD 1066/2001


El Ayuntamiento de Madrid compromete una inversión de 4.000 millones en infraestructura 'telco' hasta 2016
Un montante de 4.000 millones de euros. Esa es la inversión que, de acuerdo con el Plan Director de Infraestructuras de Telecomunicaciones 2008-2016 del Ayuntamiento de Madrid, permitirá dotar a la capital de un avanzado entramado de infraestructuras de telecomunicación, formado por redes móviles de cuarta generación y redes ultrarrápidas de cable y fibra óptica, capaz de proporcionar la conectividad total en 2016, fecha en la que Madrid espera albergar la celebración de los Juegos Olímpicos.

La Wi-Fi pública llega a las calles de 150 ciudades españolas
Los cables han pasado a la historia. Cada vez más municipios en España facilitan a sus ciudadanos conectarse a Internet sobre la marcha. Y no sólo en bibliotecas, universidades y edificios públicos. La Red se viste de Wi-Fi para salir a la calle. Enviar e-mails o chatear sentado en el banco de un parque, paseando, en una terraza o bajo el sol en la playa ya es posible en casi 150 ciudades españolas.

Telefónica extiende su red 3G para ampliar su cobertura en zonas urbanas densas
Mediante esta iniciativa, llevada a cabo por Nokia Siemens Networks, la compañía pretende además mejorar la eficiencia energética y reducir el impacto ambiental. En concreto, la firma espera reducir las emisiones de CO2 en más de 9.500 toneladas por año. Nokia Siemens Network implantará la Estación Base Flexi, la más eficiente y pequeña del sector, con una capacidad de ahorro en consumo de energía de hasta el 70%. Además, esta estación contribuye a ahorrar costes operativos gracias a su escaso peso, su arquitectura modular y su facilidad de implementación.

Más de 1.500 millones de euros de presupuesto para el Plan Avanza2 Afianzar los hitos alcanzados por la primera fase del Plan Avanza, reforzando determinadas líneas estratégicas es el objetivo con el que nace el Plan Avanza2 (2009-2012), presentado en consejo de ministros por Miguel Sebastián, Ministro de industria, turismo y comercio.

Gartner señala las principales tecnologías móviles a seguir en los próximos dos años
Gartner coloca Bluetooth 3.0 como principal tecnología móvil a seguir durante los próximos dos años porque probablemente ofrecerá una opción de consumo ultra-bajo que permitirá el uso de nuevas aplicaciones, como la monitorización de ritmo cardiaco de los usuarios, vía móviles. La disponibilidad de las especificaciones Bluetooth 3.0 está prevista para este mismo año y la consultora espera que los primeros dispositivos capaces de soportarlas empiecen a aparecer en el mercado en 2010.

WLAN 802.11n: Redes wireless de alto rendimiento y misión crítica
Con la nueva generación de Wi-Fi, definida en el estándar 802.11n de IEEE, llega para las redes wireless LAN (WLAN) la posibilidad de cambiar radicalmente su papel en los entornos corporativos. De hecho, algunos expertos hablan ya de ellas como de un candidato válido para reemplazar las redes Ethernet cableadas, al menos en el acceso de los usuarios.


CONCENTRACION EN MADRID LUNES 16 DE FEBRERO EN ATOCHA

CRECE EL MOVIMIENTO CRÍTICO CON LOS IMPACTOS A LA SALUD DE LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA

Publicado el 14 Febrero 2009 por Miguel Jara Editar

Barcelona acoge entre los días 16 y 19 de febrero el GSMA Mobile World Congress, el Congreso mundial de telefonía móvil de tercera generación. Por ello y por el "evidente riesgo que pueden producir las microondas de la telefonía móvil para la salud humana", varias entidades y plataformas de afectados de la región metropolitana de Barcelona han convocado diversas acciones. Una de sus propuestas es "boicotear el uso indiscriminado del teléfono desconectándolos al menos durante esos tres días que dura el Congreso, excepto para llamadas de emergencia", cuenta Toni Oller, de Ecologistas en Acción Catalunya.Y es que albur del desarrollo de los servicios de comunicación inalámbricos y la constatación por medio de numerosos estudios científicos independientes (Reflex o BioInitiative, por ejemplo) del daño que pueden producir estas tecnologías y servicios, están surgiendo cada vez más colectivos críticos. Y se están uniendo. En comunidades, como Madrid, Navarra o Cataluña, y a nivel estatal también. Todavía con cierta timidez pero ya se vislumbra un horizonte en el que una gran coordinadoraaúne la mayor cantidad de esfuerzos colectivos e individuales en este campo pues la unión ya se sabe que hace la fuerza y la atomización provoca que las energías se pierdan en el camino.

+info

http://migueljara.wordpress.com/

AmorHumorAcción es un blog en el que se publican informaciones inéditas o poco conocidas sobre temas de salud y ecología.

FRANCIA. SE DESMANTELA ANTENA E INDEMNIZA A LOS VECINOS

El pasado 7 de febrero se publicó en La Vanguardia la noticia. Reproducimos los datos de la sentencia de Lyon:

La República Francesa. Tribunal de Versalles.
Bouygues Telecom.

Apelantes: Vecinos representados por el abogado Richard Forget.

Localidad: Tassin La Demi-Lune y La commune de Charbonnières (Departamento del Ródano)


HECHOS Y PROCEDIMIENTO.

- 1994 decreto ministerial que permite a la operadora establecer una red radioeléctrica abierta al público sobre el territorio nacional: “DCS 1800” hoy denominada “GSM”
- 2002 decreto ministerial que permite a la operadora establecer una red radioeléctrica abierta al público sobre el territorio nacional: UMTS.
- 2004 el alcalde del municipio ha autorizado los trabajos de construcción de la Estación Base de Telefonía Móvil que cubre una extensión de 2 Km. y compuesta por un mástil de cemento en forma de árbol de 19 metros de altura.
- El tribunal Administrativo de Lyon ha sometido dos peticiones para obtener la suspensión de la autorización municipal así como el pago de una indemnización de 500 euros diarios por el retraso de la ejecución debido al PERJUCIO E INTERESES POR MOLESTIA ANORMAL A LOS VECINOS Y DEPRECIACIÓN DE SUS CASAS.
- Por juicio del 18 de septiembre 2008 el tribunal de Nanterre ha condenado a la sociedad Bouygues Telecom. a:

.- A retirar las instalaciones de emisión-recepción bajo la obligación de 100 euros por día de retraso transcurridos 4 meses de la decisión judicial.

.- A pagar 3000 euros a cada unos de los vecinos demandantes a título de DAÑOS E INTERESES POR SU EXPOSICIÓN A RIESGO SANITARIO.

- Por depreciación de sus casas 3000 euros más.
- El tribunal estima respecto al riesgo sanitario que:
.- Si la discusión científica está todavía abierta, la sociedad Bouyges Telecom no ha demostrado en este caso, ni la ausencia de riesgo, ni el respeto de cualquier principio de precaución ya que, a excepción de dos decisiones administrativas insuficientes, ninguna de las pruebas producidas no pertenecen a este caso.

.- Exponer a los vecinos contra su voluntad a un riesgo cierto y no hipotético como pretende la defensa, constituye una molestia para la vecindad cuyo carácter anormal es su incidencia en la salud humana.

.- Descartar el riesgo en este caso únicamente es posible por la retirada de las instalaciones.

Ha sido revelado que se trata de una molestia visual, la cual no está establecida…
(…)

MOTIVOS DE LA SENTENCIA

(…)

Considerando que una molestia anormal sobre el vecindario ha sido alegada, el respeto a las normas, la legalidad de la actividad, su utilidad para la colectividad no es suficiente si no se descarta la existencia de una molestia.

Considerando en el caso, que los apelantes en primera instancia lo hacen por un riesgo sanitario inducido por una exposición a los efectos no térmicos de las ondas electromagnéticas y sobre todo a la exposición de ondas que comportan frecuencias extremadamente bajas ELF producidas de forma discontinua por pulsaciones.

Considerando que por decreto del 2004 entregado por el Consejo de Estado … el estado de los conocimientos científicos sitúa que no está establecido que las ondas electromagnéticas tengan efectos no térmicos para la salud.

Considerando el informe ZMIROU que toma en consideración que “el solo efecto sanitario colateral” que sean científicamente establecidos son, en la gama de las RF “ciertos efectos debidos al recalentamiento”, existen, según los datos científicos actuales efectos biológicos varios para los niveles de energía que no inducen a una subida de temperatura. La falta de conocimiento sobre los efectos no térmicos no permite que los efectos sanitarios sean identificados y que puedan ser determinados nuevos valores garantizando una reducción, ver una eliminación de este riesgo para la salud, pues la demostración no se ha realizado; quien formula estas preconizaciones se inspira en el principio de precaución, subrayando, no obstante, que no valida la hipótesis del riesgo sanitario.

Que también, otras medidas de evitación prudente concerniente al uso de teléfonos móviles, este informe preconiza sobre todo la persecución de un objetivo de reducción al mínimo el nivel de exposición pública, en particular, de las personas potencialmente sensibles –niños y enfermos- y que no estén de forma directa en el haz de una antena procedente de una estación Base TM a menos de 100 metros.

Que la guía publicada en 2001 por la comisión internacional ICNIRP … precisa dos categorías de valores límite a los campos electromagnéticos … “los niveles de referencia” y “el respeto garantiza el respeto a la restricción de base”

Que esta guía precisa no estar “fundamentada más que en los efectos inmediatos para la salud, tales como la estimulación de los músculos o los nervios periféricos, los choques y las quemaduras provocadas por el contacto con los objetos conductores e incluso la elevación de la temperatura de los tejidos bajo los efectos de la absorción de la energía”.

Que menciona “sobre lo que concierne a eventuales efectos a largo plazo tales como un aumento del riesgo de cáncer” que “ el ICNIRP ha concluido que los datos científicos eran insuficientes para servir de base al establecimiento de valores límites de exposición” mencionando por tanto “ investigaciones epidemiológicas que han aportado elementos a favor de una asociación entre una exposición – a densidades de flujos magnéticos muy inferiores a los valores recomendados en la presente guía, para campos de 50/60Hz y los efectos cancerígenos”

(…)

Considerando … que “la OMS preconiza no obstante investigaciones para determinar si la exposición más intensa a las radiofrecuencias de los teléfonos móviles podría tener efectos sobre la salud”.

Considerando que la confirmación de la existencia de efectos nocivos para la salud excluye necesariamente la existencia de un riesgo puesto que corresponde a la constatación de una amenaza a la salud, en el caso, conllevaría a una catástrofe sanitaria;

Considerando por otra parte que por diversas comunicaciones e interpelaciones como las llamadas de Salzburgo 2000, Friburgo 2002, Bamber 2004, Helsinki 2005 médicos han manifestado públicamente su inquietud a la vista de las patologías desarrolladas por algunos de sus pacientes vecinos de antenas de tm.

Que en 2006 la resolución de Benvenuto subraya que “los efectos biológicos pueden estar provocados por la exposición tanto a las frecuencias extremadamente bajas (ELF) como a la radiofrecuencia (FR). La epidemiología, así como la experimentación in vivo y in vitro demuestran que la exposición a determinados ELF pueden aumentar el riesgo carcinógeno en los niños y provocar otros problemas de salud pública en los adultos como en los niños e invita a los gobiernos “a adoptar un cuadro de recomendaciones sobre la exposición de los CEM del gran público y profesionales inspirándose en el Principio d precaución, como han hecho algunos estados”,

(…)

Considerando que las investigaciones inducidas por la operación INTERPHONE lanzadas a escala internacional son sólo iniciales.

Que un último informe titulado BIO_INITIATIVE ha sido publicado el 31 de agosto de 2007 por personas cuyos títulos universitarios y trabajos realizados anteriormente establecen con seriedad y permiten descartar la crítica realizada por la sociedad BOUYGUES Telecom con el resultado de una ausencia de mandato que emane de un organismo nacional o internacional y de un objetivo sobre las instalaciones eléctricas de la telefonía móvil.

Que este informe BIO-INITIATIVE (cuya la lectura el Parlamento Europeo se ha sentido interpelado) sin aportar una respuesta definitiva en este punto, ha concluido que los límites de exposición de los ELF presentados por ICNIRP son inadecuados a la protección de las personas y que si las consecuencias sanitarias de los campos electromagnéticos continúan mal conocidas, los conocimientos científicos actuales son suficientes para tomar las medidas de gestión de riesgos.

Considerando que todavía ciertos estudios procedentes de médicos puedan ser criticados y ser descartados en función de una ausencia de rigor en la investigación o el levantamiento de medidas, el conjunto de publicaciones, incluso de las producidas por la Sociedad Bouygues Telecom en el sostenimiento de su llamamiento, crean la necesidad, en virtud del carácter fragmentario de los conocimientos, de continuar las investigaciones sobre la eventual nocividad a una exposición que, tratándose de ondas emitidas por antenas o estaciones base, es continua e impuesta.

Que ningún elemento permite no descartar previamente el impacto sobre la salud pública de la exposición de personas a las ondas o a los campos electromagnéticos ELF.

Considerando por tanto que el ejemplo de otros países que han abandonado la referencia a las normas dictadas por el ICNIRP y legislado manteniendo valores que se sitúan entre 0,6V/m (Austria, Liechtenstein, Italia, Polonia, Rusia China) y 4 V/m para Suiza, ver 3V/m respecto a Luxemburgo y más sobre la fijación del perímetro de exclusión en distancias de construcciones, no es por tanto natural hacer callar los miedos que puedan sentir las personas que viven próximas a una antena, que algunas emiten en los límites reglamentarios fijados en Francia por el decreto 2002, pero más allá de lo que está permitido en otros países europeos.

Considerando que aunque el riesgo sea hipotético, documentado en la lectura de las contribuciones y publicaciones científicas producidos en los debates y en las posiciones divergentes legislativas entre países, que la incertidumbre sobre la inocuidad a una exposición a las ondas emitidas por las antenas, sigue presente y que puede calificarse de seria y razonable.

(…)
Considerando que los afectados no tienen garantizada una ausencia del riesgo sanitario generado por la impnatación de las antenas en la proximidad de su domicilio familiar, justifican tener un miedo legítimo constitutivo de molestia,

Que el carácter anormal de esta molestia causada infiere en el riesgo de tipo sanitario, la concretización de este riesgo conlleva un daño a las personas afectadas y a sus hijos,

Considerando que el perjuicio moral resultante de la angustia creada y sufrida por los afectados del hecho de la instalación en la propiedad vecina de esta antena, esto exige ordenar su desmantelamiento,

Que la decisión tomada debe estar confirmada sobre este punto…

Considerando que la antena… ha creado un sentimiento de angustia…

Que esta angustia que ha durado más de 3 años y la reparación del perjuicio sufrido por cada una de las parejas debe estar fijado en una suma de 7000 euros,

Considerando que los afectados no tienen derecho a una indemnización por la depreciación de sus viviendas, debido al desmantelamiento de la instalación….

Considerando que la operadora según el artículo 700 del código civil debe pagar 6000 euros…

POR TODOS ESTOS MOTIVOS ES CONDENADA LA OPERADORA

SENTENCIA DE XIRIVELLA. MANTIENE LA MORATORIA PARA NO INSTALAR ANTENAS

Xirivella mantiene la moratoria para instalar antenas.

F. D. C. XIRIVELLA

El Ayuntamiento de Xirivella ha ganado el juicio que le enfrentaba a France Telecom por la concesión de licencias de telefonía móvil. El Consistorio aprobó en marzo suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias de obra y de actividad para instalar las antenas durante un año. La empresa presentó un recurso ante los tribunales solicitando la suspensión cautelar de dicha moratoria.

El concejal de Urbanismo, Joan Antoni Pérez, señala que se trata de "una buena noticia para Xirivella y para la salud de sus vecinos. Además, nos da la razón en nuestra lucha para impedir la instalación de antenas en zonas urbanizadas. Nuestro objetivo es sacar del casco urbano todas las antenas, legales o no".

El Consistorio estudia aprobar en febrero una ordenanza sobre contaminación electromagnética que prohibirá instalar antenas de telefonía móvil a menos de 300 metros del casco urbano. El borrador ha sido entregado a varios colectivos vecinales. _____________________________________________________
Ndlr : Las organizaciones AVAATE, 001.be.cx , y Next-Up se felicitan por la decisión de los miembros del Ayuntamiento de Xirivella para erradicar en su totalidad la polución electromagnética (electrosmog) que provocan las antenas de telefonía y los radioenlaces en las zonas urbanas.

Como con el tabaquismo pasivo, los usuarios de móvil no deberían hacer soportar a los demás una fuerte irradiación continua en las zonas urbanas. (vídeo: ver un haz de antena y la realidad de las medidas de irradiación)

Cada uno debe asumir sus responsabilidades en la utilización de los medios de protección individuales (Kit de auriculares) y evitar telefonear con un móvil junto a otra persona con el fin de no irradiarla : (Dossier INRS la realidad de las cifras).
(Pictograma Tabaquismo pasivo=Irradiación Pasiva).

La información generalizada de la población en los relativo a las realidades sanitarias de las irradiaciones de la telefonía móvil deseada por el Doctor Roger Santini, Presidente Fundador de la organización Next-Up, comienza a dar sus frutos.

Gracias por difundir ampliamente alrededor vuestro, para que cunda el ejemplo,esta información, especialmente a los miembros de las corporaciones municipales

http://www.lasprovincias.es/valencia/20071221/horta/xirivella-mantiene-moratoria-para-20071221.html

MONSTRUOSIDAD CERCA DE UN ESPACIO PROTEGIDO

















Reproducimos los correos de denuncia sobre una instalación de telefonía claramente DENUNCIABLE por varios motivos, entre ellos la monstruosidad que representa dicha instalación cerca de una zona infantil, aunque se superen los 100 metros de distancia recogidos en el RD 1066/2001 y segundo porque ¿quién llevaría con tranquilidad a sus hijos a dicho parque infantil?



Queridos compañeros desde AVECORN nos hacen llegar estas reflexiones después de leer el mensaje de nuestro compañero José Miguel Lozano Izquierdo, de Bilbao, en el que rectificaba sobre la ilegalidad ono de una instalación de RETEVISIÓN por el sólo hecho desuperarse los 50 V/m o TAN SÓLO LOS 30 V/m en la zona y nuestrosestimados compañeros de AVECORN no han podido resistir a contestarle,en la manera que sigue:



"Querido compañero, José Miguel Lozano ¡DE RECTIFICAR NADA DE NADA!




Una instalación como la que nos presentas en las fotografías deArtxanda es ILEGAL, ILEGAL, ILEGAL ... se mire por donde se mire.




ES ILEGAL en Italia, Austria Bélgica... por exceso de frecuencia,atendidos los límites de referencia en vigor en dichos países.




ES ILEGAL en Castilla-La Mancha, donde es de aplicación la Ley8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones deRadiocomunicación en Castilla-La Mancha, que dispone límites dereferencia de 0,1 microW/cm2 para lugares sensibles como es el que nosocupa.




ES ILEGAL en Cataluña, donde el Decreto 148/2001, de 29 de mayo,regulación autonómica de las cuestiones que nos ocupan establecedistancias de hasta 50 metros entre las instalaciones emisoras y loslugares sensibles.Seguro que es ilegal en el País Vasco y si queremos hacer la prueba revisemos su norma específica y observemos punto por punto laregulación y las posibles infracciones.




ES ILEGAL, con toda seguridad, por infracción del PlaneamientoUrbanístico Local, que en modo alguno permitiría instalaciones, niedificaciones con la altura de la que vemos en la fotografía, ni permitiría usos industriales en una zona que probablemente tiene lacalificación urbanística de zona verde o equipamiento público...




ES ILEGAL, a todas luces, por no haber sido tramitado, con todaseguridad, ningún expediente de licencia ambiental, ni haberse emitido ningún certificado de compatibilidad urbanística (o si se ha emitido se habrá hecho contra legem), ni haberse respetado las obligadas medidas correctoras de cualquier actividad que se precie y pretenda actuar y convivir con la existencia saludable de infantes, saltando , corriendo por un inocente parque de juegos.




ES CRIMINAL por cuanto los efectos no térmicos que genera de por sí la instalación, claramente constatables y aparejados a la medida que se nos cita superior a los 30 V/m sobre la materia, han de provocar necesariamente en una clara vinculación causa efecto alteraciones del encefalograma de todo aquel que se acerque a la zona, sea niño o no.




ES GENOCIDA por cuanto el atentado a la salud, constatable con medios objetivos; las mediciones efectuadas, discrimina en su acción y atenta a la salud de los grupos de riesgo más vulnerables por las radiaciones emitidas desde la instalación de la fotografía: niños y ancianos.




Salud, AVECORN (ASOCIACIÓN DE VECINOS CONTRA RADIACIONES NOCIVAS DE L'ESCALA-GIRONA)"



Publicado por OIKOS AMBIENTAL Mataró







Este correo de rectificación se dirige a todos los que recibisteis mi comunicación de denuncia acerca de potencias excesivas, tratadas como ilegales en el recinto de un pequeño parque infantil de Artxanda, cerca de la escultura ATERPE 36 (huella dactilar de hierro) y a pocos metros de una torre de telecomunicaciones perteneciente a RETEVISIÓN.




Podeis volver a verlo en las fotos que adjunto. En esa comunicación, documentada con fotos del aparato medidor utilizado, presentabamos 832'0 microwatios/centímetro cuadrado, o 55 V/m. Y presentabamos esa medición como una situación grave fuera de la ley. Pero la poca entidad de nuestro aparato medidor nos llevó a repetir medidas con un medidor calibrado y homologado: la medida máxima detectada en ese parquecito fue de 31,5 V/m. Equivale a 2,63W/m2, o 263microvatios por cm2.




Esa medida la obtuvo un profesor de facultad con un medidor de campo de banda ancha, marca NARDA, modelo NBM-55, con una sonda de campo eléctrico , EF0391, en la banda de 100kHz a 3GHz. , y perteneciente a un Departamento universitario de la Facultad de Telecomunicaciones.




La medida no es ilegal en este momento. Pero 31' 5 V/m sigue siendo un disparate . Esto si atendemos a las recientes Resoluciones del Parlamento Europeo y otros abundantes estudios y pronunciamientos científicos.




Existen, por ejemplo, diversos aparatos electrónicos que funcionan en personas necesitadas de prótesis especiales, cardíacas o de otro tipo.reconociendo que dichos aparatos pasan unos durísimos controles de calidad para no verse afectados por ondas exteriores. ¿Alguien se atreve a garantizar al 100% que esos aparatos nunca van a volverse defectuosos y sensibles por cualquier razón?




Yo no pasearía por ese recinto con una prótesis de ese tipo, aunque sólo fuera por sugestión razonable. O mis niños tampoco irían a jugar a ese recinto ni con sugestión ni sin ella.




Hay que tener en cuenta que las potencias de las que nos estamos quejando en nuestros domicilios o calles andan alrededor de 1,2 o 3 V/m más o menos. Y la aspiración de llegar a la propuesta del Grupo internacional de Trabajo "Bioinitiative" es de 0' 6 V/m.




La medida se pasa en 30' 9 V/m . Esto no puede ser razonable. Por tanto, rectifico acerca de la ilegalidad de las medidas que se pueden obtener. Pero mantengo mi valoración de disparate esa potencia de 31' 5 V/m en ese recinto infantil y paseo.




José Miguel Lozano, Vicepresidente de ACACEM


viernes, 13 de febrero de 2009

CONVOCATORIA CONCENTRACION ATOCHA




Miguel Sebastián, responsable de la cartera de Industria, no parece querer escuchar ni a las instituciones europeas ni a las organizaciones sociales. Mientras el Parlamento Europeo pide a todos los países de la UE que modifiquen la legislación que regula la instalación de antenas de telefonía móvil para que reduzcan los límites máximos de exposición a las radiaciones electromagnéticas para garantizar la salud de la ciudadanía, el Gobierno español ofrece incentivos a los ayuntamientos que favorezcan su instalación. Como tampoco ha respondido a la petición de reunión que 50 organizaciones ciudadanas y ecologistas le trasladaron el pasado mes de noviembre, la FRAVM ha convocado una concentración que tendrá lugar el lunes 16 de febrero a las 19h. en Atocha, frente a la sede del ministerio de Medio Ambiente.

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