martes, 16 de junio de 2015

26 JUNIO: JORNADA CONMEMORATIVA DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA

MADRID, VIERNES 26 DE JUNIO DE 2015

¿Hacia un reconocimiento integral de la electrohipersensibilidad en Europa?

La escuela ¿cantera de electrosensibles?

Jornada conmemorativa del Día Internacional contra la Contaminación Electromagnética

viernes, 4 de abril de 2014

domingo, 23 de marzo de 2014

CONTADORES INTELIGENTES. PELIGRO PARA LA SALUD.

Nos encontramos con un nuevo riesgo para la salud de la población con los llamados contadores inteligentes que quieren instalar las compañías suministradoras de energía, agua y otros mediante la instalación de dispositivos inalámbricos o mediante el uso del cableado eléctrico para la lectura de los consumos de luz y agua.   




Problemas de salud: Estaríamos fuertemente irradiados, ya que el cableado eléctrico de las viviendas no está preparado para el uso seguro del sistema PLC (el que usan los nuevos contadores) y emitiría al-tas frecuencias de microondas1 constantemente, electricidad sucia, salvo que cambiásemos toda la instalación eléctrica por cable apantallado. De no hacerlo, ésta exposición puede empeorar los problemas de salud que tengamos, aumentar el riesgo de desarrollar graves enfermedades (cáncer, Alzheimer, cardiopatías, etc.) o producirnos esa especie de alergia electromagnética incurable que es la electrohi-persensibilidad (EHS) y que puede convertirnos en discapacitados funcionales.

Más información: http://www.peccem.org/Contadores.html



Visitar la web del ingeniero industrial Antonio Moreno Alfaro: www.estafaluz.com

Ley General de Telecomunicaciones. Atropello de derechos de los ciudadanos.



La nueva Ley General de Telecomunicaciones que está en su trámite parlamentario, actualmente en el Senado http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-62-1.PDF, no tiene en cuenta en ningún momento la protección a la salud de la población, como vienen insistiendo el Parlamento y Consejo de Europa en sus últimas Resoluciones y que más abajo se detallan.

Solo tiene en cuenta los intereses de las operadoras de telefonía móvil y en ningún caso los miles de estudios científicos que demuestran efectos adversos sobre la salud y el medio ambiente.

No tiene en cuenta la cantidad de personas que están enfermando por la exposición continua a los campos electromagnéticos pulsantes de la telefonía móvil, Wifi y demás elementos radiantes.

Vulnera el derecho a la salud de los ciudadanos.
Vulnera el derecho a la propiedad privada de los ciudadanos .
Vulnera el derecho de las administraciones locales en sus competencias.


La Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética PECCEM se ha reunido con los distintos grupos políticos para hacerles llegar las alegaciones y enmiendas a la ley http://www.peccem.org/LGTel.html, enmiendas que no han sido tenidas en cuenta por los grupos mayoritarios que la han aprobado en el Congreso PP, PSOE y CIU.

http://www.peccem.org/DocumentacionDescarga/Legislacion/estatal/PECCEM_Alegaciones_LGTEL_julio2013.pdf

Y han continuado dando alas a las operadoras como se puede leer en el Artículo 34. Colaboración entre administraciones públicas en el despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas.

1. La Administración del Estado y las administraciones públicas deberán colaborar a través de los mecanismos previstos en la presente Ley y en el resto del ordenamiento jurídico, a fin de hacer efectivo el derecho de los operadores de comunicaciones electrónicas de ocupar la propiedad pública y privada para realizar el despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

2. Las redes públicas de comunicaciones electrónicas constituyen equipamiento de carácter básico y su previsión en los instrumentos de planificación urbanística tiene el carácter de determinaciones estructurantes. Su instalación y despliegue constituyen obras de interés general.

3. La normativa elaborada por las administraciones públicas que afecte al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas y los instrumentos de planificación territorial o urbanística deberán recoger las disposiciones necesarias para impulsar o facilitar el despliegue de infraestructuras de redes de comunicaciones electrónicas en su ámbito territorial, en particular, para garantizar la libre competencia en la instalación de redes y en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas y la disponibilidad de una oferta suficiente de lugares y espacios físicos en los que los operadores decidan ubicar sus infraestructuras.

De esta manera, dicha normativa o instrumentos de planificación no podrán establecer restricciones absolutas o desproporcionadas al derecho de ocupación del dominio público y privado de los operadores ni imponer soluciones tecnológicas concretas, itinerarios o ubicaciones concretas en los que instalar infraestructuras de red de comunicaciones electrónicas. En este sentido, cuando una condición pudiera implicar la imposibilidad de llevar a cabo la ocupación del dominio público o la propiedad privada, el establecimiento de dicha condición deberá estar plenamente justificado e ir acompañado de las alternativas necesarias para garantizar el derecho de ocupación de los operadores y su ejercicio en igualdad de condiciones.
Las administraciones públicas contribuirán a garantizar y hacer real una oferta suficiente de lugares y espacios físicos en los que los operadores decidan ubicar sus infraestructuras identificando dichos lugares y espacios físicos en los que poder cumplir el doble objetivo de que los operadores puedan ubicar sus infraestructuras de redes de comunicaciones electrónicas como que se obtenga un despliegue de las redes ordenado desde el punto de vista territorial.

4. La normativa elaborada por las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias que afecte al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas y los instrumentos de planificación territorial o urbanística deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa sectorial de telecomunicaciones. En particular, deberán respetar los parámetros y requerimientos técnicos esenciales necesarios para garantizar el funcionamiento de las distintas redes y servicios de comunicaciones electrónicas, establecidos en la disposición adicional undécima y en las normas reglamentarias aprobadas en materia de telecomunicaciones, y los límites en los niveles de emisión radioeléctrica tolerable fijados por el Estado.
En el ejercicio de su iniciativa normativa, cuando esta afecte al despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, accesibilidad, simplicidad y eficacia.
Los operadores no tendrán obligación de aportar la documentación o información de cualquier naturaleza que ya obre en poder de la Administración. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo establecerá, mediante real decreto la forma en que se facilitará a las administraciones públicas la información que precisen para el ejercicio de sus propias competencias.

5. Los operadores deberán hacer uso de las canalizaciones subterráneas o en el interior de las edificaciones que permitan el despliegue y explotación de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

En los casos en los que no existan dichas canalizaciones o no sea posible su uso por razones técnicas o económicas, los operadores podrán efectuar despliegues aéreos y por fachadas de cables y equipos que constituyan redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados, salvo en casos justificados de edificaciones del patrimonio histórico-artístico o que puedan afectar a la seguridad pública.

6. Para la instalación de las estaciones o infraestructuras radioeléctricas utilizadas para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público a las que se refiere la disposición adicional tercera de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, no podrá exigirse la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similar o análogas, en los términos indicados en la citada ley.

Para la instalación de redes públicas de comunicaciones electrónicas o de estaciones radioeléctricas en dominio privado distintas de las señaladas en el párrafo anterior, no podrá exigirse por parte de las administraciones públicas competentes la obtención de licencia o autorización previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, o de carácter medioambiental, ni otras licencias o aprobaciones de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización dicha instalación, en el caso de que el operador haya presentado a la Administración pública competente para el otorgamiento de la licencia o autorización un plan de despliegue o instalación de red de comunicaciones electrónicas, en el que se contemplen dichas infraestructuras o estaciones, y siempre que el citado plan haya sido aprobado por dicha administración.

 En el Plan de despliegue o instalación, el operador deberá prever los supuestos en los que se van a efectuar despliegues aéreos o por fachadas de cables y equipos en los términos indicados en el apartado anterior.
Este plan de despliegue o instalación a presentar por el operador se sujetará al contenido y deberá respetar las condiciones técnicas exigidas mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros.

El plan de despliegue o instalación de red pública de comunicaciones electrónicas se entenderá aprobado si, transcurridos dos meses desde su presentación, la Administración pública competente no ha dictado resolución expresa.
Las licencias o autorizaciones previas que, de acuerdo con los párrafos anteriores, no puedan ser exigidas,serán sustituidas por declaraciones responsables, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativas al cumplimiento de las previsiones legales establecidas en la normativa vigente. En todo caso, el declarante deberá estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo.

La declaración responsable deberá contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente, incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación que así lo acredite.
Cuando deban realizarse diversas actuaciones relacionadas con la infraestructura o estación radioeléctrica, las declaraciones responsables se tramitarán conjuntamente siempre que ello resulte posible.
La presentación de la declaración responsable, con el consiguiente efecto de habilitación a partir de ese momento para ejecutar la instalación, no prejuzgará en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las condiciones de la infraestructura o estación radioeléctrica a la normativa aplicable, ni limitará el ejercicio de las potestades administrativas de comprobación, inspección, sanción, y, en general, de control que a la administración en cualquier orden, estatal, autonómico o local, le estén atribuidas por el ordenamiento sectorial aplicable en cada caso.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, o la no presentación de la declaración responsable determinará la imposibilidad de explotar la instalación y, en su caso, la obligación de retirarla desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Reglamentariamente se establecerán los elementos de la declaración responsable que tendrán dicho carácter esencial.
7. En el caso de que sobre una infraestructura de red pública de comunicaciones electrónicas, fija o móvil, incluidas las estaciones radioeléctricas de comunicaciones electrónicas, ya esté ubicada en dominio público o privado, se realicen actuaciones de innovación tecnológica o adaptación técnica que supongan la incorporación de nuevo equipamiento o la realización de emisiones radioeléctricas en nuevas bandas de frecuencias o con otras tecnologías, sin variar los elementos de obra civil y mástil, no requerirá ningún tipo de concesión, autorización o licencia nueva o modificación de la existente o declaración responsable o comunicación previa a las administraciones públicas competentes por razones de ordenación del territorio, urbanismo o medioambientales.

8. Cuando las administraciones públicas elaboren proyectos que impliquen la variación en la ubicación de una infraestructura o un elemento de la red de transmisión de comunicaciones electrónicas, deberán dar audiencia previa al operador titular de la infraestructura afectada, a fin de que realice las alegaciones pertinentes sobre los aspectos técnicos, económicos y de cualquier otra índole respecto a la variación proyectada. Ver más



El WIFI en los COLEGIOS es SEGURO ¿Verdadero o FALSO?




PowerPoint realizado por dos profesoras del IES Concepción Arenal de Ferrol. Basado en el video original en inglés de Magda Havas: Wifi en los colegios.

Entrevista Olle Johansson.Conferencia en Barcelona. Noviembre 2013

ENTREVISTA OLLE JOHANSSON EN ESPAñA - NOVIEMBRE 2013
Entrevista del Doctor en Medicina y Neurocientífico en el Instituto karolinska de Estocolmo, Olle Johansson, que participó en unas jornadas sobre medio ambiente y salud en Barcelona en Noviembre de 2013.

domingo, 24 de noviembre de 2013

Iniciativa Ciudadana Europea contra Contaminación Electromagnética




Objetivos: Preparar el Comité de apoyo para una ICE en enero 2014 sobre la reglamentación de los campos electromagnéticos y reunir como mínimo a 7 países en torno a las reivindicaciones consensuadas para su puesta en marcha.
La finalidad: es obtener un millón de firmas para llevar a cabo la inscripción de la ICE en la orden del día del agenda de la Comisión Europea.



Desde principios de este año 2013 varios estados europeos estamos llevando a cabo el proceso de elaboración de una Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) cuyo objetivo es influir dentro del marco europeo para que se obligue a los Estados a la aplicación de medidas en la línea de la Resolución 1815 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, aprobada en mayo del 2011.
Tras varias reuniones vía skype, el 29 de junio se celebró una reunión en Madrid organizado por la Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética, con el apoyo de los delegados de organizaciones de diversos países de Europa (España, Francia, Bélgica, Italia, Suecia y Portugal). En la reunión aprobó un Manifiesto apoyo europeo a la ICE que regula la contaminación electromagnética:



Los pilares del Manifiesto se apoyan en:
  • Los puntos no aplicados en el ámbito CEM de los siguientes convenios y convenciones:

    • Convenio de Aarhus de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (1998), sobre acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales.

    • Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).
  • Los consensos proteccionistas básicos conseguidos en las resoluciones y declaraciones de la A.P. del Consejo de Europa, del Parlamento Europeo y de la Agencia Europea del Medio Ambiente.
  • Las Resoluciones de la ICEMS y los estudios científicos recogidos en revisiones como el Informe BioInitiative (2000 en 2007 y 1800 en 2012), y la monografía ICEMS del Instituto Ramazzini en 2010. Documentos cuyas conclusiones fueron defendidas por la AEMA en la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo y en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Asuntos Territoriales de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.
  • Prácticas proteccionistas de gobiernos del ámbito del Consejo de Europa, dentro de la UE (como el reconocimiento Sueco de la EHS) y fuera de la UE (como los consejos del uso del móvil del Comité Nacional Ruso de Protección contra Radiaciones No Ionizantes)
  • Experiencias profesionales proteccionistas como las Directrices del Colegio de Médicos de Austria para el diagnóstico y tratamiento del síndrome CEM.

Agenda Provisional

Octubre 2013 : Reunión en el Parlamento europeo en Bruselas: presentación a las europarlamentarias y europarlamentarios del “Manifiesto europeo de apoyo a la ICE” y las líneas generales de la ICE.
Noviembre 2013 : Registro de la ICE.
Diciembre 2013 : Certificación del sistema de recogida de declaraciones (firmas).
Enero 2014 : Empiezan las recogidas de declaraciones de apoyo (12 meses).
Enero 2015 : Final de la recogida de firmas.
Del mes de enero 2014 hasta enero 2015 prever un calendario de acontecimientos con nuestros diputados(as) europeos para favorecer la información y los apoyos a la ICE.
Marzo 2015 : Final de la verificación de las declaraciones de apoyo (recuento de firmas).
Abril 2015 : Presentación de la ICE a la Comisión Europea.



Grupo coordinador de la elaboración de la ICE:


Plataforma Estatal Contra la Contaminación Electromagnética (PECCEM):
http://www.peccem.org/
https://www.facebook.com/peccem
https://twitter.com/PECCEM
coordinacion@peccem.org


Association Sans Onde:
http://sans-onde.blogspot.fr/
https://www.facebook.com/AssociationSansOnde
sans.onde@gmail.com


* Agradecimiento a todos los grupos participantes en el inicio de este proyecto europeo: Association Sans Onde, Coordination Nationale des Collectifs contre les antennes relais, PECCEM, , Associazione Malattie da Intossicazione Cronica e/o Ambientale (AMICA), Electtrosmog Volturino, StralingsArmVlaanderen, Strålskyddsstiftelsens, Blog Electrosensibilidade e poluição electromagnética, Rete Elettrosmog-Free Italia

Equilibradores Energéticos


Los orgonites son equilibradores energéticos.

Limpian y protegen de la contaminación electromagnética de nuestros días, aumentan la vitalidad y mejoran el estado emocional, entre otras cosas.

El orgonite no es ningún acumulador, sino un transformador o transmutador que transforma la energía orgónica negativa (DOR), creada en el ambiente por culpa de las antenas de telefonía móvil, chemtrails (fumigaciones en el cielo), contaminación, etc. en energía positiva (POR).

 


¿Qué es la energía orgónica?

Según Wilhelm Reich, el Orgón es la energía de la vida, es la que estimula, equilibra y armoniza a los seres vivos y a los sistemas orgánicos. La ausencia de energía orgónica es síntoma de salud deficiente y ambientes poco saludables.

La energía Orgónica, o energía POR, se encuentra libre en la naturaleza. Las concentraciones mayores se manifiestan en los bosques,  selvas,  ríos, mares,  océanos, y en general en todos los ecosistemas (sanos). Éstos son los generadores y principales transmisores de energía Orgónica. Por contra, la energía DOR, o energía muerta, es el resultado de las emisiones de contaminaciones electromagnéticas, de las radiaciones, y otras emisiones resultantes de la actividad industria y “otras”.

¿Qué son los orgonites?
 
Los orgonites  son piezas formadas por la combinación de cuarzos, metales y resina, que sirven para absorber y reciclar la energía presente en el medio ambiente. Recogen el exceso de iones positivos (radicales libres, lo que produce el envejecimiento de la piel, etc.) trasformándolos en iones negativos, consiguiendo limpieza energética y armonía en los lugares donde se colocan. 

  • El METAL, por su capacidad conductora, actúa como antena receptora, captando las ondas y señales electromagnéticas que nos rodean.
  • Éstas, son acumuladas por la RESINA mediante sus propiedades semi-conductoras.
  • Con esta compresión "metal-resina" se logra que la energía sea estática lo que proporciona el tiempo necesario al CUARZO para que éste, gracias a su carácter piezo-eléctrico natural, al impregnarse de los electrones resultantes pueda generar todavía más electrones y transformar electromagnetismo desordenado en ondas ordenadas, vitales y positivas.
             
¿Cómo se usan los orgonites?


Su uso es muy simple, se coloca en una parte de la casa y se deja actuar. Además no necesitan mantenimiento, como en el caso de los cuarzos, manteniéndose en perfectas condiciones todo el tiempo. Pueden mantenerse en un lugar en concreto o llevarlas encima, que es la mejor alternativa, ya que estaremos protegidos en todo momento, sin necesidad de recargarlas, trabajan de manera automática las 24 horas del día.
 
 

¿Qué principales beneficios aportan los orgonites?
 

o   Transforma la energía negativa del ambiente en energía saludable.
o   Beneficia a las plantas mejorando su germinación y desarrollo.
o   Favorece la regeneración celular la capacidad inmunológica.
o   Incrementa los niveles de vitalidad general  optimismo.

 

jueves, 14 de noviembre de 2013

Reportaje EHS en TV Univisión de Miami

Reportaje sobre la Electrosensibilidad realizado por el canal Univisión de Miami, con declaraciones de tres electrosensibles de la
 
Asociación de Electrosensibles por el Derecho a la Salud
 
y el científico D. Jose Luis Bardasano de la Universidad de Alcalá de Madrid.








Electrosensibles por el Derecho a la Salud


miércoles, 24 de abril de 2013

La PECCEM en Facebook y Twitter

Infórmate de las últimas novedades sobre contaminación electromagnética en con la  Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética PECCEM:

En su  FACEBOOK
https://www.facebook.com/peccem


Y también contacta desde la cuenta de TWITTER









jueves, 6 de diciembre de 2012

ARGANZUELA: LA MOVILIZACION VECINAL DA SUS FRUTOS

 
 
 
La movilización consigue sus objetivos. Estos padres y vecinos de dos colegios del barrio de Arganzuela se han movilizado hasta que han conseguido que no les instalen unas antenas cerca de dos colegios.

http://www.antenametales.blogspot.com.es/2012/11/larcovi-ya-no-instalara-las-antenas.html


Es una buenísima noticia para animar a todos a seguir en la lucha contra esta terrible agresión a la salud y el medio ambiente.


¡¡¡¡¡¡¡¡ ENHORABUENA COMPAÑEROS !!!!!!!!!



martes, 4 de diciembre de 2012

PECCEM: Nota prensa 1 diciembre 2012


COMUNICADO DE PRENSA
 
 
Ante el suicidio el miércoles 28 de noviembre de Ángela Jaén, vecina de Pinto, Madrid, electrohipersensible (EHS) y afectada en su vivienda por las antenas de telefonía móvil,

 

La Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética y, en especial, las  asociaciones de personas afectadas por la electrohipersensibilidad (EHS), reunidas en asamblea en Madrid, el sábado 1º de diciembre de 2012, se solidarizan con la familia y compañeros-as de Ángela Jaén, lamentan este doloroso suceso y hacen un  llamamiento a las autoridades para que tomen partido por la salud pública y atiendan a la urgente situación de las personas afectadas por la contaminación electromagnética.

 

Sólo así se evitará que otras personas afectadas, en su desesperación ante la indiferencia oficial por su estado de salud y la degradación de sus condiciones de vida (sanitarias, laborales, culturales, sociales, de vivienda, etc.), sigan el camino de esta compañera madrileña. 

 

Desde el trabajo cotidiano de nuestras organizaciones, nos consta que lamentablemente no estamos ante el primer caso de suicidio asociado a la contaminación electromagnética. Y lo grave es que diariamente atendemos cada vez más casos de personas que se encuentran en circunstancias similares a las sufridas por nuestra compañera Ángela Jaén y su familia.

 

Por que su tragedia sea la última, por nuestros derechos, por la salud de toda la población, instamos a la aplicación urgente del Principio de Precaución y al reconocimiento de la EHS como discapacidad funcional, como se hace en Suecia y como recomiendan el Consejo de Europa, el Parlamento Europeo y la Agencia Europea de Medio Ambiente.

 

Habida cuenta de que este lunes 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, denunciamos la irresponsabilidad de las administraciones públicas ante la violación de los derechos humanos y la situación límite de estas personas discapacitadas funcionalmente por el despliegue caótico de todo tipo de dispositivos emisores de radiofrecuencias.

 

Así mismo, la Plataforma Estatal se adhiere al comunicado de la Asociación Electrosensibles por el Derecho a la Salud, que se adjunta a continuación.

 

Contacto: Coordinación PECCEM:  coordinación@peccem.org   www.peccem.org


 


 

Desde la ASOCIACIÓN DE ELECTROSENSIBLES POR EL DERECHO A LA SALUD, nos vemos en la triste situación de comenzar nuestra andadura con la muerte de una persona afectada por Electrohipersensibilidad.

 

Ángela Martin se quitó ayer la vida al no poder ni querer vivir con el gran sufrimiento que produce este padecimiento.

Tras un año de constante búsqueda de un lugar limpio de contaminación electromagnética por parte de su familia, Ángela no pudo soportar en los últimos días una nueva inmisión de este tipo de radiaciones en la vivienda en la que se había refugiado. Los síntomas reaparecieron con fuerza con efectos devastadores para su sistema nervioso y Ángela no tuvo la fuerza de resistirlo.

Denunciamos la impasividad y la desatención de autoridades competentes que vivió Ángela que se vio obligada a huir de su casa con altísimos niveles de radiación afectada por una antena de telefonía situada a 50 metros de la misma. Ante todo esto, las autoridades de Pinto, donde residía, no le dieron ninguna respuesta, pese a sus peticiones y las de su familia. Además sufrió una atención inadecuada de los responsables de salud por la no aceptación del origen de su sintomatología, tratando el problema como psiquiátrico, que vino a agravar su situación y padecimiento. Este caso es representativo del sufrimiento que actualmente estamos experimentando todas las personas afectadas que no encontramos tratamiento sanitario adecuado ni ningún apoyo institucional ante el aumento descontrolado de este tipo de radiaciones que nos enferman.

Desde la asociación de reciente creación Electrosensibles por el derecho a la salud, mostramos nuestra consternación ante estos hechos y lanzamos una llamada de atención a la opinión pública, autoridades políticas y sanitarias de la grave situación en que nos encontramos las personas con Electrohipersensibilidad.

Reclamamos la necesidad urgente de atender este problema de salud generado por la masiva exposición descontrolada de radiaciones electromagnéticas, en una sociedad en la que no es posible encontrar un rincón libre de esta contaminación, donde las redes wifi y de telefonía móvil e inalámbrica han invadido todo lugar: Hospitales, Centros de salud, trenes, metro, autobuses, Escuelas, Universidades, Domicilios, etc., que están enfermando a muchas personas que pierden su salud, su trabajo y sus casas, sin recibir ningún apoyo y protección. Todo ello a pesar de las alertas de los riesgos para la salud, lanzadas en múltiples declaraciones científicas, recomendaciones de la UE, y de la reciente clasificación de posiblemente cancerígeno por parte de la OMS. Denunciamos también la connivencia y ausencia de intervención ante este grave problema de salud pública por parte de las autoridades políticas, que ceden ante las presiones del lobby de industria de las telecomunicaciones y se decantan por los beneficios económicos sin atender los efectos negativos de este despliegue tecnológico sobre la salud de sus ciudadanos, ignorando la aplicación del principio de precaución, que contribuiría a hacer compatible la tecnología con la vida saludable.

Animamos a todas las personas afectadas de Electrohipersensibilidad a organizarse,  autoapoyarse y luchar para conseguir una vida digna con salud, para evitar que nadie se vuelva a encontrar en la situación de Ángela.

¡Ángela, no te vamos a olvidar, tu muerte nos impulsa con más fuerza a seguir luchando por la vida!

 


 

WEB de la Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética (PECCEM)

www.peccem.org
 

martes, 25 de octubre de 2011

¿CUANTAS RADIACIONES MÁS TENEMOS QUE SOPORTAR?

2007

 2009

 2011


ENCUENTRA LAS DIFERENCIAS......

Tendría gracia si se tratase de un pasatiempos..... pero por desgracia la cosa no tiene ni pizca de gracia....

¿cuánta radiación tenemos que soportar los vecinos?

¿Quién garantiza nuestra salud?

¿Donde están nuestros derechos fundamentales?

VECINOS

¿Os váis a quedar con los brazos cruzados, mientras nos están bombardeando constantemente con publicidad engañosa donde se nos muestra el lado más atractivo de la tecnología, para que sigamos consumiendo sin hacernos preguntas y sin plantearnos cómo puede funcionar todo esto y si esto estará afectando a nuestra salud?

Existen evidencias científicas suficientes como para pedir que se aplique el

PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN 

INFÓRMATE




lunes, 3 de octubre de 2011

CAMPAÑA ESCUELA SIN WIFI

WWW.ESCUELASINWIFI.ORG

Petición pública donde recabamos firmas de apoyo:



Exigimos que se retire el wifi de las escuelas, dado que existen otras alternativas de acceso a internet que sí son seguras para la salud.

Los colectivos sociales firmantes de esta petición exigimos a nuestros representantes políticos que se retire la tecnología wifi de las escuelas durante el curso 2011-2012, dado que existen otras alternativas de acceso a internet que sí son seguras para la salud, y que se cree una legislación que elimine en los centros educativos todo tipo de radiaciones electromagnéticas que afecten negativamente a niños, adolescentes y resto de personas.
Las razones de esta petición son las siguientes:

- La Organización Mundial de la Salud (OMS), a través de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC), ha clasificado el 31 de mayo de 2011 las radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia como “posible cancerígeno en humanos (grupo 2B)”. Estas radiaciones electromagnéticas son las que emiten dispositivos tales como el wifi, los teléfonos inalámbricos, los teléfonos móviles o las antenas de telefonía móvil.

- La Asamblea del Consejo de Europa ha aprobado el 27 de mayo de 2011 una resolución instando a los gobiernos europeos a adoptar de inmediato las medidas necesarias y oportunas para reducir la exposición de los ciudadanos a todo tipo de radiaciones electromagnéticas.

- El Parlamento Europeo, en su resolución 2008/2211(INI), de 2 de abril de 2009, señala la necesidad de proteger especialmente a los niños de cualquier exposición innecesaria a las radiofrecuencias “considerando que la tecnología de los dispositivos inalámbricos (teléfono móvil, wifi, wimax, bluetooth, teléfono de base fija DECT) emite radiaciones electromagnéticas que pueden producir efectos adversos para la salud humana”.

- La Agencia Europea de Medio Ambiente (EEA) ha confirmado que “las radiaciones de microondas pueden provocar enfermedades tales como leucemia infantil, tumores cerebrales, cáncer de mama, alteraciones en el sistema nervioso, cambios en las funciones cerebrales y daños en el sistema inmunitario”.

- Cientos de científicos de universidades de todo el mundo, entre los que se encuentran el Dr. Robert O. Becker, nominado dos veces para el premio Nobel, el profesor Dennis Henshaw, profesor de efectos de la radiación en humanos en la Universidad de Bristol, el Dr. Olle Johansson, del Departamento de Neurociencias del Instituto Karolinska de Estocolmo, la Dra. Magda Havas, del Departamento de Estudios Ambientales de la Universidad de Trent, Canadá, e Ian Gibson, ex decano de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad de East Anglia, confirman que los efectos del wifi pueden dar lugar a dificultades de atención, hiperactividad, problemas de aprendizaje, ansiedad, depresión, leucemia o tumores cerebrales, entre otros efectos.
Como resultado de estos estudios científicos independientes, el wifi está siendo retirado de escuelas, hospitales, bibliotecas y otras instituciones públicas en países como Inglaterra, Francia, Alemania, Canadá, Austria o Suiza.

- La Ley actual sitúa los límites máximos 4.500 veces por encima de los límites que indica la ciencia independiente como seguros. Las actuales investigaciones independientes sitúan los márgenes de seguridad en los límites máximos de 0,1 ?W/cm2 (microvatios por metro cuadrado) para las radiaciones de alta frecuencia, entre las que se encuentran las del wifi. Muy por debajo de los límites que marca la ley actual, de 450 ?W/cm2, manifiestamente obsoletos.

- Los niños son más vulnerables a este tipo de tóxico de carácter físico dado que su cerebro está en formación y sus sistemas aún no se han desarrollado. Según la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de 1989, los niños y niñas tienen derecho a vivir con salud y bienestar, derecho a tener una protección especial para poder desarrollarse, y derecho a ser los primeros en recibir protección y auxilio.

 
EXISTEN SOLUCIONES

Todos los síntomas y patologías derivados de la utilización de la tecnología wifi pueden evitarse de forma muy sencilla, puesto que existen tecnologías para conectarse a internet que no producen radiaciones, que no suponen ninguna amenaza para la salud, y que además ofrecen una conectividad mucho más rápida, segura y eficaz. Las alternativas son, bien el cableado estructurado, bien los sistemas basados en el cableado eléctrico ya existente. Por ello reclamamos que aquellos centros que tengan acceso a internet a través de wifi lo cambien por una de las tecnologías seguras ya mencionadas, y que los que aún no lo han instalado, opten por las citadas alternativas que no afectan la salud de las personas.

El wifi en las escuelas no es más que una parte del gran problema que supone hoy en día la contaminación electromagnética procedente de fuentes como antenas de telefonía, móviles, teléfonos inalámbricos, radares, transformadores urbanos y líneas de alta tensión. Estas fuentes también pueden encontrarse en las proximidades de los colegios, pero cualquier ciudadano en cualquier lugar puede verse expuesto a este tipo de riesgos para la salud. De hecho, hoy en día hay instalaciones wifi en hospitales, bibliotecas, tiendas, autobuses, metro, kioscos de prensa, calles y plazas, etc, produciendo un efecto similar al que se dio con el fumador pasivo en el caso del tabaco.

Por todo lo anterior, las asociaciones de padres de alumnos, asociaciones de vecinos, fundaciones y resto de colectivos firmantes de este manifiesto exigimos a los representantes políticos que se retire la tecnología wifi en las escuelas durante el curso 2011-2012 y que se manifiesten inequívocamente sobre este punto en la campaña electoral.


Nota: Cualquier persona que necesite más información acerca de las motivaciones de este manifiesto, situación legal y estudios científicos que lo avalan, puede consultar la web www.escuelasinwifi.org








Dos vídeos ilustrativos de los riesgos del wifi:

1.       El wifi es más peligrosos que las antenas de telefonía:


http://www.vealia.tv/#/?videoId=91ab47df-f618-411c-a438-c93d229d43d7


2.       Alternativas seguras al wifi:


http://www.vealia.tv/#/?videoId=56af226e-fe02-4194-96ee-e64f8089986a

domingo, 11 de septiembre de 2011

HASTA SIEMPRE MAMÁ



ÁNGELA DE LA CRUZ, NOMBRE DE SANTA

HAS DEMOSTRADO TODA TU VIDA
SER MUY VALIENTE Y GENEROSA
LUCHANDO CONTRA VIENTO Y MAREA
SIN PERDER LA SONRISA.

HAS SIDO EL PILAR DE TU FAMILIA
SIEMPRE INCANSABLE
HASTA CONSEGUIR
TODO LO QUE TE PROPUSISTE.

TU GRAN CORAZÓN
HA SIDO EL MOTOR DE TU FAMILIA
Y SIEMPRE ESTARÁS CON NOSOTROS.

TE QUEREMOS, ESPOSA, MADRE,
HERMANA, COMPAÑERA, AMIGA,
Y SIEMPRE TE LLEVAREMOS
EN NUESTROS CORAZONES.

HASTA SIEMPRE MAMÁ.

 

12 JUNIO 1939 - 22 AGOSTO 2011


martes, 7 de junio de 2011