domingo, 19 de abril de 2009

Dr George Carlo - PELIGROS DE LA ERA INALAMBRICA





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El doctor e investigador George Carlo encabeza probablemente la lista de personajes más odiados por la industria de telefonía móvil. Y es que entre 1993 y 1998 dirigió el programa Wireless Technology Research (WTR) -dotado con 28 millones de dólares aportados por la industria- para conocer la realidad de los efectos de la telefonía sin hilos.... y sus resultados fueron alarmantes pues relacionaban -ya entonces- la radiación de la telefonía móvil con serias enfermedades, cáncer incluido.

Cuando presentó los resultados a los ejecutivos de la industria suponiendo que conociéndolos éstos tomarían medidas de algún tipo se encontró con que su respuesta fue intentar ocultarlos a toda costa.

Hoy lleva ya varios años denunciando en todo el mundo -hace unos meses lo contó en el propio Parlamento británico- no sólo los potenciales peligros de las radiaciones microondas sino también que nadie parece estar dispuesto a desvelar la vergonzosa manipulación de la industria de telefonía móvil.

Texto: Discovery Salud

martes, 14 de abril de 2009

DECLARACION DE PARIS 23 MARZO 2009




SALUD-TELEFONÍA

Científicos alertan contra los efectos nocivos de la tecnología sin hilo



París, 23 mar (EFE).- Los campos electromagnéticos podrían ser causantes "de un grave problema de salud pública" según un grupo de científicos que participó hoy en un coloquio sobre "los retos sanitarios de las tecnologías sin hilo" organizado en el Senado.


Así lo afirmaron el coordinador del proyecto de investigación europeo Reflex, el científico alemán Franz Adlkofer; el cancerólogo francés Dominique Belpomme; su colega sueco Lennart Hardell y el investigador del departamento de neurociencias del Karolinska Institute de Suecia, Olle Johansson.


En una declaración conjunta los cuatro profesores aseguraron que "la observación clínica de numerosas investigaciones toxicológicas y biológicas y ciertos estudios epidemiológicos demuestra los efectos de los campos electromagnéticos sobre nuestra salud".


Agregaron que "un número creciente de enfermos se han vuelto intolerantes a los campos electromagnéticos", además de no excluir posibles evoluciones hacia enfermedades degenerativas del sistema nervioso y también hacia ciertos tipos de cáncer.


Por ello consideran que la tecnología sin hilo podría convertirse en "un problema de salud pública de primer orden".


Citaron, a los efectos, ciertos estudios que prueban los efectos nocivos de la tecnología sin hilos en el cerebro o incluso en el ADN, aunque, reconocieron, otros no lo demuestran.


En cualquier caso, resaltó Belpomme, las normas de protección son "ampliamente insuficientes para evitar los efectos tóxicos".


Los operadores de telecomunicaciones presentes en el encuentro no tomaron la palabra, según indicaron los senadores ecologistas que la habían organizado, un mes antes de que el Gobierno celebre una mesa redonda sobre el mismo tema y el de las antenas de telefonía sin hilo.


Antenas para investigadores franceses como Sandrine Wittman, del Centro Léon-Bérard de Lyon, son "una catástrofe para la salud pública".


Fuentes gubernamentales confirmaron que la mesa redonda del 23 de abril reunirá a asociaciones, colectividades, sindicatos, organizaciones patronales y miembros del Gobierno.


Según la Academia Nacional de Medicina las antenas de telefonía móvil no plantean riesgo alguno y la reciente retirada de algunas de ellas en Francia en aras del "principio de precaución" se funda en "un error científico".


EFE lg/sc

lunes, 6 de abril de 2009

Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de abril de 2009



Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de abril de 2009, sobre las consideraciones sanitarias relacionadas con los campos electromagnéticos (2008/2211(INI))

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN



El Parlamento Europeo ,

– Vistos los artículos 137, 152 y 174 del Tratado CE que tratan de promover un alto nivel de protección de la salud humana, del medio ambiente y de la salud y la seguridad de los trabajadores,

– Vistos la Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz)(1) , y el Informe de la Comisión, de 1 de septiembre de 2008, sobre la aplicación de dicha Recomendación (COM(2008)0532),

– Vista la Directiva 2004/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (campos electromagnéticos) (decimoctava Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE)(2) ,

– Vistas la Directiva 1999/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 1999, sobre equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación y reconocimiento mutuo de su conformidad(3) , y las respectivas normas de seguridad armonizadas para los teléfonos móviles y las estaciones de base,

– Vista la Directiva 2006/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de
2006, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión(4) ,

– Vista su Resolución, de 4 de septiembre de 2008, sobre la Revisión intermedia del Plan de Acción Europeo sobre Medio Ambiente y Salud 2004-2010(5) ,

– Vista su Resolución, de 10 de marzo de 1999, sobre la propuesta de recomendación del Consejo relativa a la limitación de la exposición de los ciudadanos a los campos electromagnéticos 0 Hz-300 GHz(6) ,

– Visto el artículo 45 de su Reglamento,

– Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0089/2009),

A. Considerando que los campos electromagnéticos (CEM) existen en la naturaleza y, por lo tanto, siempre han estado presentes en la tierra, pero que en las últimas décadas la exposición medioambiental a fuentes de CEM producidas por los seres humanos ha aumentado de modo constante debido a la demanda de electricidad, las tecnologías inalámbricas cada vez más sofisticadas y los cambios en la organización social, lo que significa que en la actualidad cada ciudadano está expuesto a una mezcla compleja de campos eléctricos y magnéticos de diferentes frecuencias tanto en el hogar como en el trabajo,

B. Considerando que la tecnología de los dispositivos inalámbricos (teléfono móvil, Wifi-Wimax-Bluetooth, teléfono de base fija "DECT") emite CEM que pueden producir efectos adversos para la salud humana,

C. Considerando que la mayoría de los ciudadanos europeos, en particular los jóvenes de 10 a 20 años, utiliza un teléfono móvil, objeto utilitario, funcional y de moda, y que subsisten dudas sobre los posibles riesgos que éste puede entrañar para la salud, en particular para los jóvenes, cuyo cerebro aún se está desarrollando,

D. Considerando que la controversia en la comunidad científica sobre los posibles riesgos para la salud debidos a los CEM se ha incrementado desde el 12 de julio de 1999, fecha en que se establecieron los límites de exposición del público a los CEM (0 Hz a 300 GHz) mediante la Recomendación 1999/519/CE,

E. Considerando que la ausencia de conclusiones formales de la comunidad científica no ha impedido que algunos gobiernos nacionales o regionales, en al menos nueve Estados miembros de la Unión Europea, pero también en China, Suiza y Rusia, hayan fijado límites de exposición denominados preventivos y, por tanto, inferiores a los defendidos por la Comisión y su comité científico independiente, el Comité científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados(7) ,

F. Considerando que hay que sopesar las medidas destinadas a limitar la exposición del público en general a los CEM y las mejoras de la calidad de vida, en términos de seguridad y protección, que aportan los dispositivos que transmiten dichos campos,

G. Considerando que entre los proyectos científicos que suscitan tanto el interés como la polémica figura el estudio epidemiológico INTERPHONE, financiado por la Unión por un importe de 3 800 000 euros, principalmente con cargo al V Programa marco de investigación y desarrollo(8) y cuyos resultados se esperan desde 2006,

H. Considerando, sin embargo, que determinados extremos parecen concitar la unanimidad, especialmente los que establecen el carácter variable de las reacciones individuales a la exposición a las microondas, la necesidad de efectuar pruebas de exposición de dimensiones reales principalmente para evaluar los efectos no térmicos asociados a los campos de radiofrecuencia y la especial vulnerabilidad de los niños en caso de exposición a los campos electromagnéticos(9) ,

I. Considerando que la Unión ha fijado límites de exposición para proteger a los trabajadores frente a los efectos de los CEM; considerando que, en aplicación del principio de cautela, también deben tomarse medidas semejantes con respecto a los sectores de la población afectados, como residentes y consumidores,

J. Considerando que la encuesta especial del Eurobarómetro sobre los campos electromagnéticos (n° 272a de 27 de junio de 2007) indica que la mayoría de los ciudadanos estima que las autoridades públicas no les informan adecuadamente de las medidas para protegerlos de los CEM,

K. Considerando que es necesario continuar investigando en relación con las frecuencias intermedias y particularmente bajas, de forma que puedan extraerse conclusiones sobre los efectos de las mismas en la salud,

L. Considerando que la Directiva 2004/40/CE no debe cuestionar el uso de la imagen clínica por resonancia magnética (IRM), pues se trata de una tecnología de vanguardia de la investigación, el diagnóstico y el tratamiento de enfermedades mortales para los pacientes en Europa,

M. Considerando que la norma de seguridad IEC/EN 60601-2-33 fija valores límite para los CEM, que se han determinado de forma que quede excluido todo peligro para los pacientes o los trabajadores,

1. Insta a la Comisión a que revise el fundamento científico y la adecuación de los límites de CEM fijados en la Recomendación 1999/519/CE e informe al respecto al Parlamento; pide que sea el Comité científico de los riesgos sanitarios emergentes y recientemente identificados quien efectúe dicha revisión;

2. Pide que se preste especial atención a los efectos biológicos cuando se evalúe el posible impacto sobre la salud de las radiaciones electromagnéticas, especialmente si se tiene en cuenta que algunos estudios han detectado que radiaciones de muy bajo nivel ya tienen efectos muy nocivos; pide que se investigue activamente sobre los posibles riesgos para la salud y se llegue a soluciones que anulen o reduzcan la pulsación y la modulación de la amplitud de las frecuencias que se usan para la transmisión;

3. Subraya que paralela o alternativamente a esta modificación de los límites europeos de CEM, sería razonable que la Comisión elaborase, en coordinación con los expertos de los Estados miembros y los sectores de la industria interesados (empresas eléctricas, operadores de telefonía y fabricantes de aparatos eléctricos, en especial, de teléfonos móviles), una guía de las opciones tecnológicas disponibles y eficaces para reducir la exposición de un lugar a los CEM;

4. Precisa que los agentes industriales, así como los gestores de infraestructuras relevantes y las autoridades competentes ya pueden intervenir sobre algunos factores, como mediante la adopción de disposiciones en lo que se refiere a la distancia entre el lugar de que se trate y los emisores o la altitud del lugar con respecto a la elevación de la antena de relevo y la dirección de la antena emisora con respecto a los lugares habitados, con la intención evidente de tranquilizar y proteger mejor a las poblaciones que viven cerca de estas instalaciones; pide que se busquen emplazamientos óptimos para los mástiles y transmisores y que los proveedores compartan los mástiles y transmisores en los mejores emplazamientos, con el fin de limitar la proliferación de mástiles y transmisores mal situados; pide a la Comisión y a los Estados miembros que elaboren las directrices adecuadas;

5. Pide a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales que creen un régimen de ventanilla única para la autorización de instalación de antenas y repetidores, y que incluyan un plan regional de antenas en sus planes de desarrollo urbano;

6. Alienta a las administraciones responsables de expedir las autorizaciones de emplazamiento de antenas de telefonía móvil a que, conjuntamente con los operadores del sector, acuerden compartir las infraestructuras para reducir su número y la exposición de la población a los CEM;

7. Reconoce los esfuerzos de las comunicaciones móviles y de otras tecnologías inalámbricas transmisoras de CEM para evitar daños al medio ambiente y, en particular, para afrontar el cambio climático;

8. Considera que, dada la proliferación de litigios judiciales e incluso de medidas de suspensión provisional dictadas por las autoridades públicas sobre la instalación de nuevos equipos transmisores de CEM, redunda en el interés general favorecer soluciones basadas en el diálogo entre la industria, las autoridades públicas, las autoridades militares y las asociaciones de vecinos en relación con los criterios para la instalación de nuevas antenas GSM o de líneas de alta tensión, y garantizar al menos que las escuelas, guarderías, residencias de ancianos y los centros de salud se sitúen a una distancia específica de este tipo de equipos, fijada de acuerdo con criterios científicos;

9. Pide a los Estados miembros que junto con los operadores del sector pongan a disposición del público mapas de exposición de las instalaciones de líneas de alta tensión, de radiofrecuencias y microondas, especialmente las producidas por las torres de telecomunicaciones, repetidores de radio y antenas de telefonía; pide que dicha información se exponga en una página de internet para su fácil consulta por el público, y que se divulgue a través de los medios de comunicación;

10. Propone a la Comisión que evalúe la posibilidad de utilizar los fondos de las Redes Transeuropeas de energía para estudiar los efectos de los CEM en frecuencias especialmente bajas y en particular en las líneas de distribución de energía eléctrica;

11. Pide a la Comisión que inicie durante la legislatura 2009-2014 un programa ambicioso de compatibilidad electromagnética entre las ondas creadas artificialmente y las emitidas naturalmente por el cuerpo humano, que pueda determinar en el futuro si las microondas tienen consecuencias negativas para la salud humana;

12. Pide a la Comisión que presente un informe anual sobre el nivel de radiación electromagnética en la Unión, sus fuentes y las medidas que se han tomado en la Unión para una mejor protección de la salud humana y del medio ambiente;

13. Pide a la Comisión que encuentre una solución para acelerar la aplicación de la Directiva 2004/40/CE y garantizar así que los trabajadores estén eficazmente protegidos frente a los CEM, como ya lo están del ruido(10) y de las vibraciones(11) por otros dos textos comunitarios, y que establezca una excepción para la IRM en virtud del artículo 1 de dicha Directiva;

14. Lamenta que, con motivo de un aplazamiento sistemático desde 2006, aún no se hayan publicado las conclusiones del estudio epidemiológico internacional denominado INTERPHONE, cuyo objetivo es estudiar si existe una relación entre el uso del teléfono móvil y determinados tipos de cáncer, en particular tumores cerebrales, del nervio auditivo y de la glándula parótida;

15. Subraya, en este contexto, la llamada a la prudencia lanzada por la coordinadora del estudio INTERPHONE, Elisabeth Cardis, que, sobre la base de los conocimientos actuales, recomienda para los niños un uso razonable del teléfono móvil y un uso preferente del teléfono fijo;

16. Considera que en todos los casos le corresponde a la Comisión, habida cuenta de su importante contribución a la financiación de este estudio mundial, preguntar a los responsables del proyecto por los motivos de la no publicación definitiva del mismo y, a falta de respuesta, informar inmediatamente al Parlamento y a los Estados miembros;

17. Sugiere asimismo a la Comisión, en aras de la eficacia política y presupuestaria, que se reoriente en parte la financiación comunitaria de estudios sobre los CEM hacia una campaña general de sensibilización de los jóvenes europeos en materia de buenas prácticas en el uso del teléfono móvil como, por ejemplo, usar dispositivos de manos libres, realizar llamadas cortas, apagar los teléfonos cuando no se utilicen (por ejemplo, durante las clases) y usar el teléfono móvil en zonas con buena cobertura;

18. Estima que estas campañas de sensibilización también deben familiarizar a los jóvenes europeos con los riesgos para la salud asociados con los aparatos domésticos y la importancia de apagarlos en vez de dejarlos en modo de espera;
19. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que incrementen los fondos de investigación y desarrollo (I+D) para evaluar los posibles efectos negativos a largo plazo de las radiofrecuencias de la telefonía móvil; pide asimismo que aumenten las convocatorias públicas para investigar los efectos nocivos de la multiexposición a diferentes fuentes de CEM, en particular cuando atañe a la población infantil;

20. Propone añadir al mandato del Grupo Europeo de Ética de las Ciencias y de las Nuevas Tecnologías una misión de evaluación de la integridad científica para ayudar a la Comisión a evitar posibles situaciones de riesgo, de conflictos de interés o incluso de fraude que pudieran producirse en un contexto de creciente competencia para los investigadores;

21. Pide a la Comisión, en reconocimiento de la preocupación pública en muchos Estados miembros, que trabaje con todas las partes interesadas, tales como expertos nacionales, organizaciones no gubernamentales y sectores industriales, para mejorar la disponibilidad y el acceso a información actualizada comprensible para los profanos en materia de tecnología inalámbrica y de normas de protección;

22. Pide a la Comisión Internacional de Protección contra las Radiaciones No Ionizantes y a la Organización Mundial de la Salud (OMS) que se muestren más transparentes y abiertas al diálogo con todas las partes interesadas a la hora de fijar normas;

23. Denuncia determinadas campañas de comercialización de algunos operadores de telefonía particularmente agresivas con ocasión de las celebraciones navideñas y otras fechas señaladas, como la venta de teléfonos móviles destinados exclusivamente a los niños o las ofertas de "minutos libres" dirigidas a los adolescentes;

24. Propone que en su política de calidad del aire interior la Unión introduzca el estudio de los aparatos domésticos inalámbricos que, como el acceso inalámbrico a internet y el teléfono fijo inalámbrico "DECT" (Digital Enhanced Cordless Telecommunications), se han generalizado en los últimos años en los lugares públicos y las viviendas, exponiendo a los ciudadanos a una emisión continua de microondas;

25. Reclama, en un deseo permanente de mejora de la información de los consumidores, que se modifiquen las normas técnicas del Comité Europeo de Normalización Electrotécnica a fin de imponer un requisito de etiquetado relativo a la potencia de las emisiones y en el que se indique, en el caso de los dispositivos inalámbricos, que emiten microondas;

26. Pide al Consejo y a la Comisión que, en coordinación con los Estados miembros y el Comité de las Regiones, promueva el establecimiento de una norma única para reducir al mínimo la exposición de los vecinos en caso de ampliación de la red de líneas eléctricas de alta tensión;

27. Manifiesta su profunda preocupación por el hecho de que las compañías de seguros tiendan a excluir la cobertura de los riesgos vinculados a los CEM de las pólizas de responsabilidad civil, lo que significa claramente que las aseguradoras europeas ya están aplicando su propia versión del
principio de cautela;

28. Pide a los Estados miembros que sigan el ejemplo de Suecia y reconozcan como una discapacidad la hipersensibilidad eléctrica, con el fin de garantizar una protección adecuada e igualdad de oportunidades a las personas que la sufren;

29. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Comité de las Regiones y a la OMS.

Última actualización: 3 de abril de 2009

BRUSELAS, 2 Abr. (EUROPA PRESS)

ECOLOGISTAS EN ACCION VALORA POSITIVAMENTE LA APROBACIÓN ELPARLAMENTO EUROPEO DE LA RESOLUCIÓN SOBRE SALUD Y CAMPOSELECTROMAGNÉTICOS

Ecologistas en Acción valora positivamente la aprobación en el plenodel Parlamento Europeo de la resolución de la Comisión de Medio Ambiente sobre salud y campos electromagnéticos (Informe elaborado por la eurodiputada liberal belga Frédérique Ries), por una amplísimamayoría de 559 eurodiputados a favor, 22 en contra y 8 abstenciones.

Para esta organización ambiental la aprobación de esta resolución significa un punto de inflexión y un cambio de signo y de tendencia en relación a los impactos ambientales y de salud pública de los campos electromagnéticos en las instituciones europeas.
El informe señala la constatación bajo el peso de la evidencia científica de efectos biológicos de la contaminación electromagnética y posibles efectos sobre la salud derivados de una exposición residencial significa el paso hacia una directiva europea que plantee niveles de emisión mucho más restrictivos bajo el principio de precaución; como así lo han comenzado a hacer países europeos de nuestro entorno Italia, Suiza , Luxemburgo, Bélgica , etc.

Los principales aspectos de la resolución aprobada son los siguientes:

• Disminución y adecuación de los actuales límites de los Campos Electromagnéticos y consideración específica de los efectos biológicosde éstos.

• Solicita a los estados miembros y la industria, nuevas tecnologías para reducir la exposición a los CEM.

• Anima a la negociación de las nuevas estaciones base y líneas detransmisión para evitar la ubicación muy cerca de escuelas, hogares de ancianos, cuidado de la salud y las instituciones.

• Pide a la Comisión que elabore un informe anual sobre los niveles dela UE de los CEM y las medidas adoptadas para proteger la salud humana y el medio ambiente.

• Lamenta el retraso en la publicación del informe Interphone, y pidea la Comisión pedir a los responsables del proyecto las conclusiones definitivas y por qué no se han publicado y, en caso de que reciba una respuesta, que informe al Parlamento y a los Estados miembros sin demora.

• Pide a la Comisión que asigne fondos para las campañas desensibilización para los jóvenes europeos que son los usuarios detelefonía móvil, incluida la información sobre los riesgos para lasalud y seguridad en las prácticas de uso.

• Pide que el ICNIRP y la Organización Mundial de la Salud que sean más transparentes y más abiertos al diálogo en la elaboración de normas.

• Propone a la UE que la política de calidad del aire en interiores debe abarcar el estudio de la conexión inalámbrica (WIFI interior,DECT en casa) y en lugares públicos.

• Pide que se mejore la información al consumidor y el etiquetado delos dispositivos inalámbricos.

• Demanda una norma única para la exposición de campos electromagnéticos en las redes de alta tensión.

• Pide a los estados miembros el reconocimiento de las personas que sufren de electrosensibilidad como discapacitados a fin de otorgarles una protección adecuada (como lo ha hecho Suecia).

• Encarga a su Presidente que transmita la resolución al Consejo, las comisiones, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Comité de las Regiones




MOSTOLES. TRIBUNAL DE ESTRASBURGO


Solicitud de ayuda para el caso de Antonio Gómez de Móstoles. Carta de su abogado con los pasos dados y solicitud de ayuda para ir al Tribunal de Estrasburgo.



Estimados ciudadanos,


Todos conocemos la eterna lucha de Antonio Gómez, como desde que descubrió que era electrosensible , su vida cambió y la está perdiendo cada día por un cáncer de colon fruto de las radiaciones no ionizantes que nadie interesa controlar.


En el año 2004 se erigió contra las Administraciones buscando Justicia a su mal, de una legislación que por ignorancia, dolo ó por primar el comercio afecta a muchos ciudadanos, sacrificando su salud, lo que llevó a denunciar penalmente a las operadoras, al Alcalde y el Concejal de urbanismo de Móstoles, leer su relato en : http://gaceta_intercultural.nireblog.com/post/2007/11/15/antonio-gamez-contra-el-triangulo-de-la-muerte


Después acudió a la Audiencia Provincial de Madrid donde no estimaron que había causa y efecto en la enfermedad de Antonio y las radiaciones denegando sistemáticamente un Estudio Epidemiológico de la zona de Móstoles claramente invadida por la bruma electromagnética, archivando el caso.


En Diciembre de 2008 acudió , practicamente arruinado en Amparo al Tribunal Constitucional : http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/17787/antonio-gomez-presenta-un-recurso-de-amparo-por-el-triangulo-de-la-muerte/y en Marzo de 2009 se inadmitió el recurso porque la carga de la prueba del derecho a la vida , a la salud la debe acreditar el recurrente, ignorando el principio de precaución que debe regir y que ante la duda no debemos permitir que nos radien indiscriminadamente menos sin contar con licencias de funcionamiento como sucedió en el triángulo de la muerte antentando contra la vida por actividad clandestina: http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/39810/antonio-gomez-lleva-el-caso-de-las-antenas-a-estrasburgo/


Ahora anunciamos que sin medios no podemos acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en base al derecho a la vida que tiene toda persona y a un medio ambiente sano que no esté contaminado por ondas invisibles electromagnéticas, por eso os escribo porque necesitamos una gran colecta para que Europa sea testigo del mal de las microondas, una enfermedad del progreso que requiere que sea el ciudadano el que desemascare a la Industria..


los gastos estimados del recurso y del procedimientos serán en torno a 6000 a 10.000 euros, una cantidad que Antonio no posee pero que repercutirá en generaciones y salvará vidas de afectados electrosensibles.


Gracias por vuestro tiempo y buena suerte en la lucha por la salud de todos.


El número de cuenta de Antonio Gómez:

CAJA MADRID

2038 2286 3660 0041 7086