EUROPA PRESS. Nuevo informe
MADRID, 16 May. (Portaltic/EP) -
El Consejo Europeo ha elaborado un informe en el que alerta sobre el uso de teléfonos móviles y Wi-Fi y sus efectos perjudiciales para los niños y los bebés. Un comité ha confeccionado una hoja de ruta que incluye la prohibición de este tipo de tecnologías en colegios y escuelas de Europa, entre otras propuestas.
Los estudios sobre el efecto de la exposición a señales electromagnéticas se contradicen unos a otros. La Organización Mundial de la Salud ha asegurado que no suponen un riesgo para las personas pero el Consejo Europeo ha confeccionado una investigación en la que asegura que sí hay peligro y apunta a los menores como el segmento de población más vulnerable.
Los datos que han hecho saltar la alarma han sido obtenidos de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), que asegura que sí existe un riesgo para la salud por la exposición a campos electromagnéticos. El Consejo Europeo ha citado los estudios de esta agencia para justificar sus temores en un informe denominado 'Los peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos en el entorno'.
"Según la AEMA, hay indicios suficientes o niveles de evidencia científica de efectos biológicos nocivos, suficientes para invocar la aplicación del principio de precaución y de medidas eficaces, preventivas urgentes", explica el Comité del Medio Ambiente, Agricultura y asuntos Locales y Regionales.
El organismo europeo asegura que "hay suficientes pruebas de los efectos potencialmente nocivos de los campos electromagnéticos sobre la fauna, la flora y la salud humana". Por este motivo, el Consejo Europeo considera necesario "reaccionar y protegerse contra los riesgos ambientales y de salud potencialmente graves".
En este sentido, la Comisión Europea cita diversos estudios que indican que las señales pueden provocar cáncer y podrían afectar a los cerebros en desarrollo de los menores. Por ello, la Comisión Europea propondrá a los estados miembro que tomen medidas en relación al uso de teléfonos móviles y redes Wi-Fi.
Entre las medidas propuestas está la prohibición del uso de teléfonos móviles y redes Wi-Fi en escuelas infantiles y colegios. El Consejo considera esta medida un acto de prevención y protección para los más pequeños.
Además de la prohibición de estas tecnologías en los colegios, se ha recomendado que se fijen nuevos límites en los niveles de exposición a las ondas que emiten los equipos móviles. El Consejo también ha incluido entre sus propuestas un sistema de etiquetado para los dispositivos en los que se alerte sobre la existencia de la emisión electromagnética.
Para completar la información, se proponen "campañas de información específicas dirigidas a los profesores, padres y niños para alertar sobre los riesgos específicos del uso temprano, imprudente y prolongado de los teléfonos móviles y otros dispositivos que emiten microondas"
Nuevos planes de información para la población y nuevas investigaciones sobre las consecuencias de estas tecnologías son otras de las propuestas del organismo continental, que pretende concienciar sobre las consecuencias de la exposición a este tipo de señales.
El Consejo Europeo no puede obligar a los estados a acatar estas medidas, pero sus propuestas suelen ser bien recibidas y se suelen seguir sus consejos.
Enlaces relacionados:
- Informe 'Los peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos en el entorno'
http://assembly.coe.int/main.asp?Link=/documents/workingdocs/doc11/edoc12608.htm
Noticia original:
http://www.europapress.es/salud/noticia-europa-estudia-prohibir-moviles-wi-fi-colegios-riesgo-salud-20110516170917.html
INFORMATE DE LOS RIESGOS DE VIVIR CERCA DE ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL, RADARES, REDES DE TELECOMUNICACIONES. INFORMATE DE LOS RIESGOS DE LOS APARATOS INALÁMBRICOS QUE TENEMOS DENTRO DE NUESTRAS CASAS: DECT, WIFI, MÓVILES, WII, HORNOS MICROONDAS, COCINAS INDUCCIÓN, ETC. NUESTRA SALUD ESTÁ EN JUEGO. EXIJAMOS NUESTROS DERECHOS. MOVILÍZATE.
Mostrando entradas con la etiqueta JURIDICO. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta JURIDICO. Mostrar todas las entradas
miércoles, 18 de mayo de 2011
miércoles, 11 de mayo de 2011
domingo, 24 de abril de 2011
LA PLATAFORMA ESTATAL CONTRA LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA DENUNCIA LA ACTITUD DE LAS OPERADORAS ANTE LA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS SOBRE TELEFONÍA MÓVIL
NOTA DE PRENSA
LA PLATAFORMA ESTATAL CONTRA LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA DENUNCIA LA ACTITUD DE LAS OPERADORAS ANTE LA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS SOBRE TELEFONÍA MÓVIL
La Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética quiere denunciar la actitud de las operadoras de telefonía móvil ante la Ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de Leganés que pone orden y control a la proliferación desordenada y caótica de infraestructuras de telecomunicación en el municipio, asegurando la cobertura con los criterios de prevención y precaución respecto a los campos electromagnéticos generados por las estaciones base de telefonía móvil. Las compañías de telefonía móvil han solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid la suspensión del acuerdo de pleno sobre instalación de antenas y limites de inmisión y control en un intento de paralizar una ordenanza elaborada y aprobada democráticamente por el Ayuntamiento de Leganés. Esta ordenanza asegura la cobertura y el acceso a la telefonía móvil con los criterios de control de emisiones de las estaciones base de telefonía móvil y prevención sobre la contaminación electromagnética.
Frente al desarrollo caótico de infraestructuras de telefonía móvil y el aumento exponencial de emisiones radioeléctricas que esto ha supuesto, el Ayuntamiento de Leganés ha marcado un punto de inflexión convirtiéndose en pionero a la hora de dar respuesta a una situación que crea cada vez más desasosiego y malestar entre los ciudadanos, y lo ha hecho creando un instrumento normativo como es la ordenanza sobre telefonía móvil e infraestructuras de telecomunicación, que las operadoras temiendo por sus intereses intentan eliminar para evitar perder el control sobre el despliegue de estas infraestructuras de telecomunicaciones, como vienen siendo-salvo pocas excepciones- la regla.
El fracaso de la normativa estatal para resolver el problema del impacto social y ambiental de las redes de telefonía móvil evidencia la necesidad de una reforma en profundidad de esta legislación que esté en relación con los niveles más preventivos que han desarrollado países de nuestro entorno y las recomendaciones de conferencias internacionales de investigadotes sobre CEM y científicos independientes, ponen aún más de relieve el papel símbólico de esta ordenanza que quieren hacer fracasar estrepitosamente las estrategias antidemocráticas de estas empresas de telefonía móvil en España.
La Plataforma estatal quiere mostrar su solidaridad con el Ayuntamiento de Leganés y su ordenanza sobre telefonía móvil y, en general, con todos los ayuntamientos que realizan ordenanzas garantistas y sensibles a los últimas recomendaciones de científicos independientes y del Parlamento europeo, frente a los intentos de desmontar un mecanismo de control que tiene las corporaciones municipales sobre el inmenso despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones. Hay que señalar que el propio, el Parlamento Europeo ha aprobado una resolución (abril de 2009) que insta a reconocer la, cada vez mayor, preocupación pública y científica sobre los riesgos para la salud de los campos electromagnéticos
europaress: Plataforma contra Contaminación Electromagnética apoya la Ordenanza de Leganés frente al recurso de la operadoras
Fravm: La ordenanza municipal de instalación de antenas de telefonía móvil de Leganés, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Enleganes: Las compañías de telefonía móvil quieren tumbar la ordenanza sobre las antenas
NOTICIAS ANTERIORES
REDTEL advierte que la nueva ordenanza de Leganés sobre antenas obligaría a cambiar la infraestructura
Leganés en la vanguardia de Europa
Leganés se ha convertido en la primera ciudad europea a la hora de aplicar una ordenanza sobre antenas de telefonía "sin empeorar la calidad de la cobertura móvil de la ciudad
Leganés reducirá 4.000 veces la potencia de las antenas de telefonía móvil
Eco en NEXT-UP
Eco en MADRIDIARIO
lunes, 6 de diciembre de 2010
TRIBUNAL SUPREMO. COMPETENCIAS MUNICIPALES
El TRIBUNAL SUPREMO desde su sentencia de
o 17 de noviembre de 2009, referente a la Ordenanza de regulación de antenas de telefonía del Ayuntamiento de Barcelona y
o en sentencias del 6 y 27 de abril de 2010 (de los Ayuntamientos de Alcoy y San Luis, respectivamente) y
o más recientemente en sentencia del 15 de junio de 2010 (Sedavía)
Viene estableciendo la siguiente DOCTRINA
o La competencia estatal en relación con las telecomunicaciones no excluye la del correspondiente municipio para atender a los intereses derivados de su competencia en materia urbanística, con arreglo a la legislación aplicable, incluyendo los aspectos de estética y seguridad de las edificaciones y medioambientales.
o Por consiguiente, los Ayuntamientos pueden y deben, en el planeamiento urbanístico, establecer condiciones para la instalación de antenas y redes de telecomunicaciones, y contemplar exigencias y requisitos para realizar las correspondientes instalaciones en ordenanzas o reglamentos relativos a obras e instalaciones en la vía pública.
o El hecho que este riesgo por los campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas no puede ser considerado cerrado desde una perspectiva estrictamente científica, es lógico que los Ayuntamientos en el ámbito de su propia competencia se sientan tentados a imponer medidas adicionales de protección en esta materia, bien exigiendo, como acontece en el caso que enjuiciamos, límites o condiciones complementarios a los establecidos en el citado Real Decreto 1066/2001 EDL 2001/28611, bien, estableciendo distancias de protección frente a determinadas zonas sensibles- colegios, hospitales, parques y jardines públicos-estableciendo unas áreas de seguridad alrededor de esas zonas sensibles en los que no se permita la instalación de estaciones de emisoras de radiaciones electromagnéticas.
o 17 de noviembre de 2009, referente a la Ordenanza de regulación de antenas de telefonía del Ayuntamiento de Barcelona y
o en sentencias del 6 y 27 de abril de 2010 (de los Ayuntamientos de Alcoy y San Luis, respectivamente) y
o más recientemente en sentencia del 15 de junio de 2010 (Sedavía)
Viene estableciendo la siguiente DOCTRINA
o La competencia estatal en relación con las telecomunicaciones no excluye la del correspondiente municipio para atender a los intereses derivados de su competencia en materia urbanística, con arreglo a la legislación aplicable, incluyendo los aspectos de estética y seguridad de las edificaciones y medioambientales.
o Por consiguiente, los Ayuntamientos pueden y deben, en el planeamiento urbanístico, establecer condiciones para la instalación de antenas y redes de telecomunicaciones, y contemplar exigencias y requisitos para realizar las correspondientes instalaciones en ordenanzas o reglamentos relativos a obras e instalaciones en la vía pública.
o El hecho que este riesgo por los campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas no puede ser considerado cerrado desde una perspectiva estrictamente científica, es lógico que los Ayuntamientos en el ámbito de su propia competencia se sientan tentados a imponer medidas adicionales de protección en esta materia, bien exigiendo, como acontece en el caso que enjuiciamos, límites o condiciones complementarios a los establecidos en el citado Real Decreto 1066/2001 EDL 2001/28611, bien, estableciendo distancias de protección frente a determinadas zonas sensibles- colegios, hospitales, parques y jardines públicos-estableciendo unas áreas de seguridad alrededor de esas zonas sensibles en los que no se permita la instalación de estaciones de emisoras de radiaciones electromagnéticas.
sábado, 7 de agosto de 2010
RADIO VATICANO. CONTAMINACION ELECTROMAGNÉTICA

Miércoles, 14 jul (RV).- El director de la oficina de prensa de la Santa Sede y de nuestra emisora, padre Federico Lombardi, aclaró ayer en una nota las informaciones sobre la anticipación que publicaron algunos medios, en lo que respecta al proceso por homicidio culposo a cargo de Radio Vaticano. La mencionada pericia se refiere al estudio de las consecuencias que habrían tenido – sobre la población de las zonas de Cesano, cerca de Roma – las ondas electromagnéticas, provenientes de las antenas del Centro Transmisor de la emisora vaticana y del centro radar de la marina militar italiana, que se encuentran en esta misma zona.
Según el perito encargado por el juez para las investigaciones preliminares, existiría una correlación entre la exposición a esas ondas y el aumento de leucemias y linfomas, en especial en niños y chicos hasta los catorce años. Escuchemos la declaración del Padre Lombardi:
«Radio Vaticano recibe con estupor las noticias sobre los resultados de la pericia dispuesta por el juez del tribunal de Roma, en el marco de las probanzas preliminares referidas al procedimiento a su cargo, por presuntos daños a la salud de la población que vive alrededor del Centro Transmisor de Santa María de Galeria y a cargo de la Marina Militar italiana en relación con el cercano Centro Meritele. Puesto que dicha pericia no ha sido hecha pública aún por el mencionado Tribunal.
Radio Vaticano presentará lo antes posible sus propias consideraciones y las contra-deducciones de sus asesores técnicos, el profesor Umberto Veronesi y la doctora Susanna Lagorio. Es bueno recordar que, según la literatura científica internacional en materia, nunca se ha demostrado la existencia de un nexo de causalidad como el hipotético que señalan – al parecer – las conclusiones de la pericia, que, por lo tanto, no se deben considerar consolidadas.
En esta ocasión se debe reiterar, una vez más, que Radio Vaticano ha observado siempre las indicaciones internacionales sobre las emisiones electromagnéticas y, desde el año 2001, a raíz de un acuerdo con las autoridades italianas competentes, ha observado los límites más restrictivos establecidos por la sobrevenida normativa italiana al respecto, de tal forma que se pueda responder atentamente – como es debido – a toda eventual preocupación de la población circundante».
AntenaNo: Estupor en el vaticano
domingo, 13 de diciembre de 2009
SENTENCIAS POR TODO EL MUNDO

Fuente: antenas-peligro-movil
Leemos una noticia procedente de Chile con fecha de 5 de diciembre de 2009 que nos informa de un fallo judicial :
"La Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó a la empresa de telefonía Entel PCS desmantelar una antena de telefonía celular emplazada en la localidad de Santa Cruz, Región de O' Higgins.
La resolución determina que la "instalación de la estructura vulnera las garantías constitucionales resguardadas por el artículo 19 N° 1 (derecho a la vida e integridad física y psíquica), N° 9 (derecho a la protección a la salud) y N° 8 (derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación) de la Constitución Política de Chile". Se basa en un informe del Instituto de Salud Pública en que reconoce que pueden existir efectos nocivos para la salud derivados de los efectos nocivos de la radiación que producen las instalaciones de antenas de celular.".........
También en Francia existen sentencias recientes condenando a empresas de telefonía móvil a retirar sus instalaciones. Las sentencias reconocen la aplicación del Principio de precaución ; molestia ilegal y el riesgo sanitario para los vecinos.Estas sentencias, además de la divulgación de estudios científicos independientes y acciónes mediáticas por parte de asociaciones de afectados de toda Francia, han propiciado que el Gobierno francés se muestre dispuesto a obligar a las operadoras a minimizar sus niveles de exposición hasta los 0,6 V/m que se llevará a cabo en 16 ciudades galas. Además han retirado el wifi de varias instituciones públicas como la Biblioteca Nacional de FRANCIA y están a un paso de prohibir los móviles en las aulas a los menores de 12 años : todo ello por motivos de salud.
¿Saben algo las autoridades francesas que las españolas desconocen ?
La Constitución Española recoge nuestro derecho a la vida y a nuestra integridad física, el derecho a la protección de salud y el derecho a disfrutar de un medio ambiente saludable.
¿Se están violando derechos constitucionales de las personas obligadas a vivir bajo un paraguas electromagnético de hiperfrecuencias de microondas pulsadas de la telefonia móvil con unos niveles de exposición de hasta 61 V/m que la ley actual permite en España ?
El principio de precaución debe ser aplicado con urgencia : no más de 0,6 V/m , medidores de los niveles de exposición en tiempo real y permanente , no al WiFi en colegios, universidades , hospitales, bibliotecas públicas y edificios institucionales sustituyéndolo por cable de fibra óptica , campañas sobre el uso responsable del móvil y NO al móvil para menores de 14 años para que todo@s podamos sentir que nuestra Constitución nos ampara.
Publicado en antenas-peligro-movil
lunes, 23 de marzo de 2009
IRRADIACIONES CRIMINALES


Mujer embarazada: La placenta es una bolsa llena del líquido amniótico en el cual se efectúa el desarrollo embrionario.¡ El líquido es evidentemente un medio con una alta capacidad de absorción en relación a las radiaciones de microondas artificiales¡¡¡¡
Además, ya desde el nacimiento, las niñas pequeñitas son portadoras en sus cuerpecitos de cerca de 400 000 óvulos (ovocitos).Son almacenados en los ovarios, en unas bolsitas minúsculas llenas de líquido y llamadas folículos. ¡
La formación de los ovocitos se realiza durante el desarrollo del feto.... Y en esta foto están siendo irradiados de forma artificial por la peor de las frecuencias, la llamada "cubo de la basura" del espectro de las hyperfrecuencias microondas!¡¡¡¡
Irradiar artificialmente a los niños se debe considerar como un acto criminal.No sólo REPACHOLI debe ser juzgado, sino también los responsables de estos actos criminales. Aquellos que tienen responsabilidad en función de su cargo son corresponsables con los que no informan a la población.
domingo, 15 de febrero de 2009
SENTENCIA DE XIRIVELLA. MANTIENE LA MORATORIA PARA NO INSTALAR ANTENAS
Xirivella mantiene la moratoria para instalar antenas.
F. D. C. XIRIVELLA
El Ayuntamiento de Xirivella ha ganado el juicio que le enfrentaba a France Telecom por la concesión de licencias de telefonía móvil. El Consistorio aprobó en marzo suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias de obra y de actividad para instalar las antenas durante un año. La empresa presentó un recurso ante los tribunales solicitando la suspensión cautelar de dicha moratoria.
El concejal de Urbanismo, Joan Antoni Pérez, señala que se trata de "una buena noticia para Xirivella y para la salud de sus vecinos. Además, nos da la razón en nuestra lucha para impedir la instalación de antenas en zonas urbanizadas. Nuestro objetivo es sacar del casco urbano todas las antenas, legales o no".
El Consistorio estudia aprobar en febrero una ordenanza sobre contaminación electromagnética que prohibirá instalar antenas de telefonía móvil a menos de 300 metros del casco urbano. El borrador ha sido entregado a varios colectivos vecinales. _____________________________________________________
Ndlr : Las organizaciones AVAATE, 001.be.cx , y Next-Up se felicitan por la decisión de los miembros del Ayuntamiento de Xirivella para erradicar en su totalidad la polución electromagnética (electrosmog) que provocan las antenas de telefonía y los radioenlaces en las zonas urbanas.
Como con el tabaquismo pasivo, los usuarios de móvil no deberían hacer soportar a los demás una fuerte irradiación continua en las zonas urbanas. (vídeo: ver un haz de antena y la realidad de las medidas de irradiación)
Cada uno debe asumir sus responsabilidades en la utilización de los medios de protección individuales (Kit de auriculares) y evitar telefonear con un móvil junto a otra persona con el fin de no irradiarla : (Dossier INRS la realidad de las cifras).
(Pictograma Tabaquismo pasivo=Irradiación Pasiva).
La información generalizada de la población en los relativo a las realidades sanitarias de las irradiaciones de la telefonía móvil deseada por el Doctor Roger Santini, Presidente Fundador de la organización Next-Up, comienza a dar sus frutos.
Gracias por difundir ampliamente alrededor vuestro, para que cunda el ejemplo,esta información, especialmente a los miembros de las corporaciones municipales
http://www.lasprovincias.es/valencia/20071221/horta/xirivella-mantiene-moratoria-para-20071221.html
F. D. C. XIRIVELLA
El Ayuntamiento de Xirivella ha ganado el juicio que le enfrentaba a France Telecom por la concesión de licencias de telefonía móvil. El Consistorio aprobó en marzo suspender la tramitación y el otorgamiento de licencias de obra y de actividad para instalar las antenas durante un año. La empresa presentó un recurso ante los tribunales solicitando la suspensión cautelar de dicha moratoria.
El concejal de Urbanismo, Joan Antoni Pérez, señala que se trata de "una buena noticia para Xirivella y para la salud de sus vecinos. Además, nos da la razón en nuestra lucha para impedir la instalación de antenas en zonas urbanizadas. Nuestro objetivo es sacar del casco urbano todas las antenas, legales o no".
El Consistorio estudia aprobar en febrero una ordenanza sobre contaminación electromagnética que prohibirá instalar antenas de telefonía móvil a menos de 300 metros del casco urbano. El borrador ha sido entregado a varios colectivos vecinales. _____________________________________________________
Ndlr : Las organizaciones AVAATE, 001.be.cx , y Next-Up se felicitan por la decisión de los miembros del Ayuntamiento de Xirivella para erradicar en su totalidad la polución electromagnética (electrosmog) que provocan las antenas de telefonía y los radioenlaces en las zonas urbanas.
Como con el tabaquismo pasivo, los usuarios de móvil no deberían hacer soportar a los demás una fuerte irradiación continua en las zonas urbanas. (vídeo: ver un haz de antena y la realidad de las medidas de irradiación)
Cada uno debe asumir sus responsabilidades en la utilización de los medios de protección individuales (Kit de auriculares) y evitar telefonear con un móvil junto a otra persona con el fin de no irradiarla : (Dossier INRS la realidad de las cifras).
(Pictograma Tabaquismo pasivo=Irradiación Pasiva).
La información generalizada de la población en los relativo a las realidades sanitarias de las irradiaciones de la telefonía móvil deseada por el Doctor Roger Santini, Presidente Fundador de la organización Next-Up, comienza a dar sus frutos.
Gracias por difundir ampliamente alrededor vuestro, para que cunda el ejemplo,esta información, especialmente a los miembros de las corporaciones municipales
http://www.lasprovincias.es/valencia/20071221/horta/xirivella-mantiene-moratoria-para-20071221.html
miércoles, 10 de diciembre de 2008
230.000 EUROS DE MULTA A TELEFÓNICA POR HACER CONTRATOS DE MÓVILES A NIÑOS

Protección de Datos sanciona a la compañía con 230.000 euros por tres casos - La teleoperadora inscribió a los menores en el registro de morosos
El país. María R Sahuquillo - Madrid - 09/12/2008
Carolina, Javier y Rosa tienen menos de 14 años y ya han estado en el fichero de solvencia ASNEF, más conocido como el listado de morosos. Aparecer en él -algo que sucede cuando se dejan de pagar las facturas- puede suponer no conseguir una hipoteca para comprar un piso o no poder tener tarjetas de crédito. Los tres (con nombres supuestos) dejaron de pagar la factura de sus móviles. Ahora la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Telefónica Móviles, su compañía, por hacerles un contrato telefónico a pesar de ser menores, por incluir sus nombres en el registro de morosos y por usar sus datos de manera irregular. Son las primeras resoluciones de este tipo en España y condenan a la operadora a pagar dos multas de 70.000 euros y otra de 90.000 euros.
Carolina recibió un día una llamada de un comercial de Telefónica en su móvil prepago. Le ofrecía la posibilidad de pasarse a contrato. Las condiciones le parecieron bien y aceptó la oferta. A los 15 días solicitó la baja. Explicó que era menor de edad y que había sido "engañada". Sin embargo, no consiguió cancelar el contrato y al poco tiempo recibió la primera factura: 108,88 euros. Trató de ponerse en contacto con Telefónica Móviles. No lo logró. Tampoco pagó la factura. Dos meses después recibió una notificación de que había sido incluida en el registro de morosos.
Su caso es muy similar al de Javier que, según la resolución de la AEPD en la que aparece la reclamación de su padre, "sustrajo" un móvil de tarjeta prepago a su madre y aceptó una oferta de migración a contrato que le hizo un comercial por teléfono. Poco después sus padres, al ver la capacidad ilimitada de llamadas del teléfono sin necesidad recarga, le preguntaron. Éste les contó que había aceptado una oferta para cambiarse a contrato. Poco tiempo después a Javier le llegó una factura de 260,23 euros. Como no la pagó, recibió una carta en la que se le decía que su nombre había sido inscrito en el registro ASNEF.
La Ley de Protección de Datos dictamina que no se puede manejar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres o tutores. Además, la resolución expone que "los menores no emancipados no pueden prestar el consentimiento para contratar, y por tanto sin este requisito no es válido el contrato y no es susceptible de generar obligaciones". Por tanto, según Protección de Datos, como los contratos hechos tanto a Carolina como a Javier son nulos, las deudas que adquirieron también lo son.
La inscripción de estos menores en el registro de morosos tampoco es válida, según la AEPD. La inclusión en este listado sólo puede hacerse cuando haya una "deuda cierta, vencida y exigible que haya resultado impagada". Según Protección de Datos, esa deuda no era "cierta" ya que los contratos no eran válidos.
"Este caso ejemplifica el riesgo de vulnerabilidad que tienen los menores en cuestión de protección de sus datos", dice el director de la AEPD, Artemi Rallo, que explica que las resoluciones tienen dos elementos clave: la prohibición de que un menor contrate un servicio sin el consentimiento paterno, y que "no cabe la obtención de datos personales de un menor de 14 años sin autorización de sus padres".
Sin embargo, Telefónica Móviles asegura en la resolución -que aún tiene posibilidad de recurso- que no sabía que los usuarios eran menores de edad. Y explica la política de empresa: "En ningún caso se podrá ofrecer a un menor de edad la migración a contrato. En el supuesto de que esté interesado se le indicará la posibilidad de realizarlo a nombre del padre o tutor". Pero a pesar de esto la empresa trató los datos de los afectados "sin realizar las comprobaciones necesarias en lo referente a su edad y sin requerir la autorización a sus representantes legales".
"La compañía tenía que haber obrado de manera más diligente y verificar todas las informaciones que le daban los usuarios", sostiene Rallo. "No pueden decir que son víctimas de una mentira por parte de los menores", concluye. Sin embargo, la teleoperadora sostiene en dos de los tres casos que los menores mintieron sobre su edad. Aseguran que tanto Carolina como Rosa dijeron tener 16 años.
Pero Rosa (al igual que la otra niña) tenía 13 años en el momento en que adquirió un contrato prepago. También llegó a deber 156,86 euros a Telefónica y fue incluida en el registro de morosos. Algo que su padre describe en un escrito recogido en la resolución como "materialmente imposible" sin su consentimiento. Pero no ocurrió. Nadie pidió a la menor el DNI para venderle el terminal, asociado a una cuenta con el BBVA. Algo que hoy es obligatorio.
De momento, las resoluciones de estos tres menores son únicas. Sin embargo, Ruben Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores Facua sostiene que si se revisaran los contratos de las operadoras telefónicas aparecerían muchos más. "A estas empresas no les importa quiénes sean los titulares, sólo que paguen. Cada vez se dirigen más a un público infantil. Estos casos son un ejemplo de qué poco les importa la ley de protección de datos", sostiene. Por eso exige a la AEPD que inste a las teleoperadoras a que investiguen todos sus contratos para verificar cuántos corresponden a menores sin consentimiento paterno. Y de ser así, que los den de baja.
La ONG Protégeles, dedicada a velar por el buen uso de las nuevas tecnologías en los niños, reclama también que se haga esa verificación. "Actualmente no se cuida el cumplimiento de la ley de protección de datos, sobre todo de menores. No hay conciencia y muchas veces es por desconocimiento", critica Guillermo Cánovas, su presidente. Sin embargo, Cánovas contradice al portavoz de Facua, quien asegura que las compañías se dirigen cada vez más a captar menores, lo que se ha convertido en un nuevo "nicho de mercado a explotar". "Es más una cuestión de dejadez de las operadoras", asegura el presidente de Protégeles.
Pero esa mala utilización de la información personal es frecuente. Y es que, para Rallo, "estas empresas hacen de la obtención de datos personales una actividad principal. Algo muy preocupante en un público objetivo al alza como son los menores", sostiene Rallo. No va desencaminado. En 2004, el 45,7% de los niños españoles tenía móvil. Un porcentaje que en 2007 había crecido hasta el 65%, según la última encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación en los hogares del INE.
Consejos para un uso responsable del teléfono
- Consumo abusivo. El 25% de los menores que utiliza el teléfono móvil gasta más de 40 euros al mes, y un 18% gasta entre 20 y 40 euros, según un estudio de la asociación Protégeles. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el consumo que hacen sus hijos de teléfono.
- Control. Una forma de limitar ese consumo es, para los expertos, escoger la modalidad de contrato. Esto evita las posibles ofertas de migraciones y el uso que el menor hace del terminal. También permite poner un límite de consumo al mes, cerrar la navegación por la Red y la llamada a algunos números.
- Tonos, salvapantallas y juegos. Un mensaje para descargar estos contenidos puede costar más de un euro. Sin embargo, muchas veces para hacerlo se necesita mandar más de uno. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el envío de estos mensajes, cada vez más utilizados por el público infantil.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Multa/Telefonica/hacer/contratos/moviles/ninos/elpepisoc/20081209elpepisoc_2/Tes
El país. María R Sahuquillo - Madrid - 09/12/2008
Carolina, Javier y Rosa tienen menos de 14 años y ya han estado en el fichero de solvencia ASNEF, más conocido como el listado de morosos. Aparecer en él -algo que sucede cuando se dejan de pagar las facturas- puede suponer no conseguir una hipoteca para comprar un piso o no poder tener tarjetas de crédito. Los tres (con nombres supuestos) dejaron de pagar la factura de sus móviles. Ahora la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Telefónica Móviles, su compañía, por hacerles un contrato telefónico a pesar de ser menores, por incluir sus nombres en el registro de morosos y por usar sus datos de manera irregular. Son las primeras resoluciones de este tipo en España y condenan a la operadora a pagar dos multas de 70.000 euros y otra de 90.000 euros.
Carolina recibió un día una llamada de un comercial de Telefónica en su móvil prepago. Le ofrecía la posibilidad de pasarse a contrato. Las condiciones le parecieron bien y aceptó la oferta. A los 15 días solicitó la baja. Explicó que era menor de edad y que había sido "engañada". Sin embargo, no consiguió cancelar el contrato y al poco tiempo recibió la primera factura: 108,88 euros. Trató de ponerse en contacto con Telefónica Móviles. No lo logró. Tampoco pagó la factura. Dos meses después recibió una notificación de que había sido incluida en el registro de morosos.
Su caso es muy similar al de Javier que, según la resolución de la AEPD en la que aparece la reclamación de su padre, "sustrajo" un móvil de tarjeta prepago a su madre y aceptó una oferta de migración a contrato que le hizo un comercial por teléfono. Poco después sus padres, al ver la capacidad ilimitada de llamadas del teléfono sin necesidad recarga, le preguntaron. Éste les contó que había aceptado una oferta para cambiarse a contrato. Poco tiempo después a Javier le llegó una factura de 260,23 euros. Como no la pagó, recibió una carta en la que se le decía que su nombre había sido inscrito en el registro ASNEF.
La Ley de Protección de Datos dictamina que no se puede manejar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres o tutores. Además, la resolución expone que "los menores no emancipados no pueden prestar el consentimiento para contratar, y por tanto sin este requisito no es válido el contrato y no es susceptible de generar obligaciones". Por tanto, según Protección de Datos, como los contratos hechos tanto a Carolina como a Javier son nulos, las deudas que adquirieron también lo son.
La inscripción de estos menores en el registro de morosos tampoco es válida, según la AEPD. La inclusión en este listado sólo puede hacerse cuando haya una "deuda cierta, vencida y exigible que haya resultado impagada". Según Protección de Datos, esa deuda no era "cierta" ya que los contratos no eran válidos.
"Este caso ejemplifica el riesgo de vulnerabilidad que tienen los menores en cuestión de protección de sus datos", dice el director de la AEPD, Artemi Rallo, que explica que las resoluciones tienen dos elementos clave: la prohibición de que un menor contrate un servicio sin el consentimiento paterno, y que "no cabe la obtención de datos personales de un menor de 14 años sin autorización de sus padres".
Sin embargo, Telefónica Móviles asegura en la resolución -que aún tiene posibilidad de recurso- que no sabía que los usuarios eran menores de edad. Y explica la política de empresa: "En ningún caso se podrá ofrecer a un menor de edad la migración a contrato. En el supuesto de que esté interesado se le indicará la posibilidad de realizarlo a nombre del padre o tutor". Pero a pesar de esto la empresa trató los datos de los afectados "sin realizar las comprobaciones necesarias en lo referente a su edad y sin requerir la autorización a sus representantes legales".
"La compañía tenía que haber obrado de manera más diligente y verificar todas las informaciones que le daban los usuarios", sostiene Rallo. "No pueden decir que son víctimas de una mentira por parte de los menores", concluye. Sin embargo, la teleoperadora sostiene en dos de los tres casos que los menores mintieron sobre su edad. Aseguran que tanto Carolina como Rosa dijeron tener 16 años.
Pero Rosa (al igual que la otra niña) tenía 13 años en el momento en que adquirió un contrato prepago. También llegó a deber 156,86 euros a Telefónica y fue incluida en el registro de morosos. Algo que su padre describe en un escrito recogido en la resolución como "materialmente imposible" sin su consentimiento. Pero no ocurrió. Nadie pidió a la menor el DNI para venderle el terminal, asociado a una cuenta con el BBVA. Algo que hoy es obligatorio.
De momento, las resoluciones de estos tres menores son únicas. Sin embargo, Ruben Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores Facua sostiene que si se revisaran los contratos de las operadoras telefónicas aparecerían muchos más. "A estas empresas no les importa quiénes sean los titulares, sólo que paguen. Cada vez se dirigen más a un público infantil. Estos casos son un ejemplo de qué poco les importa la ley de protección de datos", sostiene. Por eso exige a la AEPD que inste a las teleoperadoras a que investiguen todos sus contratos para verificar cuántos corresponden a menores sin consentimiento paterno. Y de ser así, que los den de baja.
La ONG Protégeles, dedicada a velar por el buen uso de las nuevas tecnologías en los niños, reclama también que se haga esa verificación. "Actualmente no se cuida el cumplimiento de la ley de protección de datos, sobre todo de menores. No hay conciencia y muchas veces es por desconocimiento", critica Guillermo Cánovas, su presidente. Sin embargo, Cánovas contradice al portavoz de Facua, quien asegura que las compañías se dirigen cada vez más a captar menores, lo que se ha convertido en un nuevo "nicho de mercado a explotar". "Es más una cuestión de dejadez de las operadoras", asegura el presidente de Protégeles.
Pero esa mala utilización de la información personal es frecuente. Y es que, para Rallo, "estas empresas hacen de la obtención de datos personales una actividad principal. Algo muy preocupante en un público objetivo al alza como son los menores", sostiene Rallo. No va desencaminado. En 2004, el 45,7% de los niños españoles tenía móvil. Un porcentaje que en 2007 había crecido hasta el 65%, según la última encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación en los hogares del INE.
Consejos para un uso responsable del teléfono
- Consumo abusivo. El 25% de los menores que utiliza el teléfono móvil gasta más de 40 euros al mes, y un 18% gasta entre 20 y 40 euros, según un estudio de la asociación Protégeles. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el consumo que hacen sus hijos de teléfono.
- Control. Una forma de limitar ese consumo es, para los expertos, escoger la modalidad de contrato. Esto evita las posibles ofertas de migraciones y el uso que el menor hace del terminal. También permite poner un límite de consumo al mes, cerrar la navegación por la Red y la llamada a algunos números.
- Tonos, salvapantallas y juegos. Un mensaje para descargar estos contenidos puede costar más de un euro. Sin embargo, muchas veces para hacerlo se necesita mandar más de uno. Las asociaciones de consumidores aconsejan a los padres que limiten el envío de estos mensajes, cada vez más utilizados por el público infantil.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Multa/Telefonica/hacer/contratos/moviles/ninos/elpepisoc/20081209elpepisoc_2/Tes
lunes, 8 de diciembre de 2008
MOSTOLES: ANTONIO GÓMEZ PRESENTA RECURSO DE AMPARO POR EL 'TRIANGULO DE LA MUERTE'

(Imagen: acto de entrega de la carta firmada por más de 50 organizaciones solicitando una reunión con el Ministro Sebastián el pasado 11 de noviembre)
Antonio Gómez, un vecino que lucha desde hace años contra la colocación de antenas de telefonía móvil en el denominado 'Triángulo de la Muerte' de Móstoles, donde han muerto cuarenta víctimas mortales por cáncer y hasta un centenar de casos detectados, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
gentedigital.es05/12/2008 - 12:50
Este ciudadano de Móstoles mantiene que hay una relación directa entre las radiaciones de las antenas y la aparición de estas enfermedades entre los vecinos a pesar de que un juez de la localidad decidiera archivar el caso y la Audiencia Provincial determinara el sobreseimiento de la causa al no encontrar delitos contra la salud pública.
Gómez pide en su recurso de amparo que la Policía "investigue las muertes y enfermedades en toda la zona, un estudio epidemiológico del área de Móstoles y la declaración de peritos independientes y médicos expertos en radiofrecuencias no ionizantes.
Para justificar su postura, este vecino aporta diferente documentación, como un acuse de recibo de la Casa Real a la que se ha comunicado el asunto, fotografías de las estaciones base de telefonía, el plano de las 32 bases "sin legalizar" del área de Móstoles y sendos documentos de expertos que cuestionan la seguridad de las actuales infraestructuras que posibilitan la telefonía móvil.
El proceso judicial arrancó en enero de 2005, cuando Gómez decidió interponer una denuncia tras la aparición de varios casos de cáncer. Este vecino apodó la zona como 'Triángulo de la muerte', en alusión a la ubicación de las estaciones de telefonía móvil en las azoteas de las viviendas situadas en las calles Pintor Zuloaga y Españoleto de esta localidad madrileña.
En abril de 2007, Vodafone retiró la antena de la calle Julio Romero de Móstoles después de que se hubiera agotado el contrato que mantenía con la comunidad de propietarios y de que los vecinos llevaran el caso a los tribunales en varias ocasiones por la aparición de cáncer en doce habitantes del edificio con resultado de muerte en cinco de ellos.
http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/17787/antonio-gomez-presenta-un-recurso-de-amparo-por-el-triangulo-de-la-muerte/
Manifestamos todo nuestro ánimo y apoyo a Antonio en esta lucha que es la de todos.
miércoles, 12 de noviembre de 2008
MOSTOLES: AYUDA PARA T.CONSTITUCIONAL



Estimados luchadores del bien del pueblo:
Soy el Letrado D. Rafael García, algunos ya me conococéis, otros no, pero lo que si que está claro es que todos estamos en la misma lucha y nuestro objetivo es tumbar el RD 1066/01, porque por desgracia nuestra Salud está en juego, en dicho recurso como en todo el procedimiento de Móstoles hemos alegado continuamente la inconstitucionalidad de dicha norma, por lo que ahora que vamos a pleitear en el más alto Tribunal, os pido un esfuerzo a todos con lo poco o mucho que podáis aportar y ayudéis a Antonio con los gastos judiciales, porque al final y al cabo sin medios económicos está luchando por la salud de todos.
Al amparo del Constitucional...!!! , visitar el link:
http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/14312/desestimado-el-recurso-presentado-por-el-vecino-del-triangulo-de-la-muerte/
La cuenta a nombre de Antonio Gómez es de Caja Madrid
La cuenta a nombre de Antonio Gómez es de Caja Madrid
domingo, 9 de noviembre de 2008
CARTA DE LA MAMA DE JAIRO SOBRE LA SENTENCIA A IBERDROLA
Hola soy la mama de Jairo, y me da muchas esperanzas esta sentencia que ha condenado a Iberdrola, pero tambien me da un sabor agridulce. Esta familia ha tenido que pleitear, durante 11 años, la primera vez que gano fue en el 2001, alguien me puede contestar, para que sirve el famoso "Principio de Precaucion", y si alguien ha visto alguna vez, que lo hayan aplicado.
En el 2001, mi hijo tenia, un añito, quien sabe, si hubiesen tomado medidas, en aquella fecha, lo mismo estaria preparando las navidades, con mi niño, en vez de pensar que amargas son estas fechas sin el.
No se cuanto durara, el juicio de Jairo, me da igual, se que no dejare de luchar nunca. Lo que no me da igual, es pensar, que no se tomen medidas, que pueda estar pasandole, a otros niños, lo que al mio. Me atormenta pensar, que tengan que transcurrir, otros 11 años para que hagan algo, que hayan mas madres con esta amargura, con este sentimiento de impotencia, con tanto dolor.
De algo estoy segura, debemos, luchar para exigir, que hagan mas investigaciones serias. Nos contestan que hay poca documentacion, pocas investigaciones, ¿ que estan haciendo?, las personas que deberían de estar velando, por nuestra seguridad, ¿ HARAN ALGO?
MAMA DE JAIRO
En el 2001, mi hijo tenia, un añito, quien sabe, si hubiesen tomado medidas, en aquella fecha, lo mismo estaria preparando las navidades, con mi niño, en vez de pensar que amargas son estas fechas sin el.
No se cuanto durara, el juicio de Jairo, me da igual, se que no dejare de luchar nunca. Lo que no me da igual, es pensar, que no se tomen medidas, que pueda estar pasandole, a otros niños, lo que al mio. Me atormenta pensar, que tengan que transcurrir, otros 11 años para que hagan algo, que hayan mas madres con esta amargura, con este sentimiento de impotencia, con tanto dolor.
De algo estoy segura, debemos, luchar para exigir, que hagan mas investigaciones serias. Nos contestan que hay poca documentacion, pocas investigaciones, ¿ que estan haciendo?, las personas que deberían de estar velando, por nuestra seguridad, ¿ HARAN ALGO?
MAMA DE JAIRO
IBERDROLA CONDENADA A COMPRAR UNA VIVIENDA POR CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNETICA
http://antenano.blogspot.com/2008/11/iberdrola-condenada-por-instalar.html
Tras más de 11 años de lucha, una familia ha visto cómo ¡por fin! se ha hecho Justicia. Una Justicia que no ha llegado a tiempo para otras familias, como en el caso de Jairo.
Finalmente, Iberdrola ha sido condenada a comprar el piso bajo el cual instalaron un transformador y que contaminaron con una intromisión de campos electromagéticos (CEM). Una situación que, desgraciadamente viven multitud de familias.
Destaca que, ya desde la primera sentencia, a pesar de que los límites legales para la exposición a CEM de muy baja frecuencia se encuentra en 100 µT (micro-Teslas), la compañía eléctrica debería limitar el transformador a una emisión de CEM inferior a 0,3 µT.
La sentencia del Juzgado Civil número 6 de Murcia de 14 de abril de 2000, pionera en España, condenó a Iberdrola a pagar a la familia Hernández el valor de la vivienda que habitaban el matrimonio y sus dos hijos. Vivienda que, por cierto, habían tenido que abandonar ante lo peligroso que era para la salud de las personas habitar en ese piso.
Iberdrola recurrió la sentencia, pero la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 13 de febrero de 2001 aún es más contundente y dictaminó eliminar el límite de 0,3 µT y sustituirlo por una cesación abosluta de la intromisión de campos electromagnéticos en el domicilio.
Toda una novedad en nuestro país.La eléctrica volvió a recurrir el fallo. Y volvió a perder.
El 27 de septiembre de 2005 el Tribunal Supremo desestimó el recurso, declaró en firme la sentencia y, además, obligó a Iberdrola a pagar las costas procesales.
Una vez de vuelta al juzgado inicial, el Juzgado de Primera Instancia de Murcia número 6, el juez volvió a condenar el 27 de junio pasado a Iberdrola, imponiéndole la compra del piso por contaminarlo electromagnéticamente.
Y, lo que comenzó en 1997, terminó el pasado el pasado 29 de octubre de 2008, ante notario, cuando los representantes legales de Iberdrola pagaron el valor del piso a la perseverante familia Hernández.
Por tanto, la legalidad de los límites, no significa inocuidad. Y la inmisión en el domicilio no puede ser tan gratuita como algunas compañías pretenden para sus negocios, sobre todo cuando está en juego la salud.
MOSTOLES: El TRIANGULO DE LA MUERTE CAMINO DEL CONSTITUCIONAL

Antonio Gómez ha perdido la batalla legal contra las antenas de telefonía y el Consistorio. La Audiencia Provincial de Madrid ha destimado el último recurso que tenía pendiente y no le da opción a continuar en los tribunales. La única salida que le queda es acudir al Constitucional.
gentedigital.es/ P. J. / T. A.06/11/2008 - 08:01
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Antonio Gómez, sobre la presunta relación entre la presencia de antenas de telefonía móvil y la aparición de casos de cáncer en varias calles.
La lucha de este vecino es cada vez más difícil, aunque no desiste. Antonio Gómez piensa seguir adelante y ya ha manifestado su disconformidad ante esta sentencia -sin posibilidad de presentar recurso-, alegando que se le han limitado las pruebas a presentar, al igual que la aportación de peritos independientes que "ratificasen los estudios aportados sobre la relación causa-efecto de las radiaciones ionizantes con tumores y enfermedades agresivas".
"Me siento totalmente defraudado con la justicia", afirma Antonio Gómez en un comunicado, "estoy imposibilitado por la falta de medios y la negación continua de pruebas". Pero la lucha de este mostoleño no acaba aquí: "Voy a pedir amparo al Tribunal Constitucional", asegura Gómez.
CUATRO AÑOS DE LUCHA
Antonio Gómez lleva años reivindicando la desaparición de las antenas de telefonía que, según afirma, han causado más de 40 muertes y afectado a más de 100 vecinos.
Esta cifra "podría aumentar, ya que el tiempo de latencia del cáncer es de ocho años", dice Gómez. A su lucha contra el cáncer de colon, que le diagnosticaron en 2004, se une el deseo de que desaparezcan las antenas que se encuentran "fuera de la ley" y que "deberían situarse fuera de los núcleos urbanos". Además, exige a las autoriades "un estudio epidemiológico para ver los posibles efectos de las antenas"
domingo, 2 de noviembre de 2008
MOSTOLES: AUDIENCIA PROVINCIAL: DESESTIMADO EL RECURSO DE ANTONIO DE MOSTOLES
Móstoles.- La Audiencia Provincial desestima el recurso presentado por el vecino del 'Triángulo de la Muerte' MÓSTOLES, 27 Oct. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un vecino de Móstoles, Antonio Gómez, por la presunta relación entre la presencia de antenas de telefonía móvil y la aparición de casos de cáncer en varias calles, que conforman el denominado 'Triángulo de la Muerte'. Los jueces de la Audiencia Provincial desestiman el recurso y confirman la resolución del magistrado de Móstoles, sin posibilidad de presentar recurso alguno. Según el auto, al que tuvo acceso Europa Press, no existen delitos contra la salud pública por parte de la operadoras de telefonía móvil, tal y como afirma el denunciante. Asimismo, los magistrados estiman que "no existe delito cuando una actividad se ajusta a la norma que regula la misma" y que "las emisiones son inferiores al límite legalmente previsto, sin que exista relación de causalidad entre estos y los casos de cáncer, siendo estas similares en proporción a las de otras zonas de España". Por su parte, el vecino que ha llevado el asunto a los tribunales tras la aparición de más de un centenar de casos de cáncer en la zona, expresó a través de un comunicado su "total disconformidad con la decisión de la Audiencia Provincial" y añadió que "durante todo el procedimiento se han limitado los medios prueba, no se han admitido peritos independientes y no se ha admitido la petición de un estudio epidemiológico en la zona". Gómez insistió en que "tampoco se ha imputado nada al Ayuntamiento de Móstoles por haber permitido radiar a los vecinos con antenas sin licencia" y aseguró sentirse "totalmente defraudado con la Justicia" ante la "negación continua de pruebas para demostrar que la legislación sobre emisiones radiofrecuencias es inconstitucional". Por todo lo anterior, este vecino de Móstoles, que lleva años luchando por demostrar la relación entre las antenas y la muerte de 42 vecinos de la zona, anunció que solicitará amparo al Tribunal Constitucional "para que proteja a los ciudadanos de estas radiaciones".
Otra noticia en el siguiente enlace:
http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/14312/desestimado-el-recurso-presentado-por-el-vecino-del-triangulo-de-la-muerte/
Otra noticia en el siguiente enlace:
http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/14312/desestimado-el-recurso-presentado-por-el-vecino-del-triangulo-de-la-muerte/
viernes, 26 de septiembre de 2008
En MATARO precintan una antena sin licencia y el juez resuelve 8 casos favorables al Ayuntamiento

¡Sentencia! En Mataró precintan una antena sin licencia y el juez resuelve 8 casos favorables al Ayuntamiento. Contenciosos nº 1, 2, 3,
4, 5,
Ver las sentencias en la página de ASIDES
Los vecinos de Mataró llevan mucho tiempo movilizados reivindicando su derecho vivir libres de la contaminación electromagnética. Este es el resultado de sus acciones. Queremos darles la enhorabuena por su trabajo. Mucha fuerza.
jueves, 25 de septiembre de 2008
MOSTOLES: TRIANGULO DE LA MUERTE

La lucha contra las antenas continúa adelante.
Antonio Gómez denunció a varias compañías telefónicas por la presunta relación de las antenas de telefonía con casos de cáncer aparecidos en el ‘Triángulo de la Muerte’. Tras denegar el estudio epidemiológico, recurrió la sentencia el pasado día 9.
http://www.gentedigital.es/mostoles/noticia/10078/la-lucha-contra-las-antenas-continua-adelante/
Desde aquí queremos manifestar nuestro apoyo en su lucha que es la de todos. Mucha fuerza Antonio.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)

